En el recurso contencioso-administrativo número 941-93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sankyo Company Limited», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de mayo de 1991, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 27 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 3 de julio de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ankyo Company Limited'', representada por el Procurador de los Tribunales don Rafael Rodríguez Montaut contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de mayo de 1991 que denegó la marca número 1.238.116 evalotin'' para la clase 5.ª del nomenclátor y contra la de 27 de octubre de 1993 que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones no ajustadas a Derecho en este momento procesal, anulando las mismas; declarando por el contrario que procede la concesión de la citada marca para la clase expresada; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de febrero de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid