En el recurso contencioso-administrativo número 348/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias por «Ari-Tours, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de septiembre de 1991, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 13 de septiembre de 1993, se ha dictado, con fecha 27 de septiembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallo: En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido:
Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil "Ari-Tours, Sociedad Anónima", representada por el Procurador don Alejandro Valido Farray y asistida por el Letrado don Alfredo Briganty, contra la resolución del Director del departamento de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 13 de septiembre de 1993, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la misma autoridad de 1 de septiembre de 1991, denegatoria de la solicitud de inscripción como nombre comercial de la denominación social "Ari-Tours, Sociedad Anónima", y, en consecuencia:
Anular la resolución recurrida.
Ordenar la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial del signo distintivo "Ari-Tours, Sociedad Anónima", como nombre comercial.
No hacer pronunciamiento en cuanto a las costas del procedimiento.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de febrero de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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