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Advertidos errores de omisión en el texto de la Resolución de este Rectorado de fecha 27 de diciembre de 1996 «Boletín Oficial del Estado» de 5 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Analistas de la Universidad de Córdoba,
Este Rectorado, de conformidad con lo prevenido en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto corregir dichos errores de acuerdo con cuanto se transcribe:
En la página 7235, apartado c) del punto 2.1, debe quedar como sigue:
c) Cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de Administración Pública, en la Universidad de Córdoba y en otras Administraciones Públicas, siempre que tengan relación directa con el Cuerpo o Escala al que aspira.
Cursos de doce a veinticinco horas: 0,25 puntos.
Cursos de veintiséis a cincuenta horas: 0,30 puntos.
Cursos de cincuenta y una a cien horas: 0,40 puntos.
Cursos de ciento y una a doscientas horas: 0,53 puntos.
Cursos de doscientas a trescientas horas: 0,75 puntos.
Cursos de más de trescientas horas: 1,25 puntos.
En caso de acreditarse la impartición de cursos como Profesor la puntuación anterior se multiplicará por 0,15 puntos.
No se puntuarán los cursos inferiores a doce horas ni aquellos en los que no se especifique el número de las mismas.
En la página 7235, punto 2.1.e), debe decir: «Los puntos obtenidos en la fase de concurso se normalizarán a 10 y se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición a los solos efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados en la fase de oposición».
Córdoba, 17 de marzo de 1997.-El Rector, Amador Jover Moyano.
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