Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-7770

Resolución de 25 de marzo de 1997, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca una beca predoctoral de formación de personal investigador CSIC-Fundacion «Mapfre».

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1997, páginas 11581 a 11582 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-7770

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Fundación «Mapfre», dentro de las actividades contempladas en el Convenio de Colaboración Científica suscrito entre ambas entidades, han acordado impulsar un programa de formación de personal investigador.

Dicho programa tiene la finalidad de promover la formación de personal investigador altamente cualificado, así como la investigación científica sobre temas relacionados con la prevención de accidentes humanos y materiales y la reducción de sus consecuencias.

Consecuentemente, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por Resolución de la Presidencia de 18 de marzo de 1997, ha resuelto convocar una beca de formación de personal investigador, con arreglo a las bases que se detallan en el anexo a esta Resolución.

Madrid, 25 de marzo de 1997.-El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Temas de aplicación

Los proyectos de investigación presentados deberán ajustarse a temas relacionados con la prevención de accidentes humanos y materiales y la reducción de sus consecuencias, dentro de las siguientes áreas: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía, Prevención de la Contaminación Ambiental, Seguridad Vial, Seguridad contra Incendios, Seguridad de Productos y Protección del Consumidor y Protección Civil.

II. Plazo de solicitud

Esta beca podrá solicitarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y durante un plazo de treinta días naturales, en el Departamento de Posgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid, por correo certificado o bien por alguno de los procedimientos previstos en la legislación vigente.

III. Requisitos de los solicitantes

Los aspirantes a esta beca habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener aprobadas todas las asignaturas requeridas para poseer el título universitario superior. La fecha de fin de estudios debe ser de junio de 1993 o posterior. Excepcionalmente, se podrán aceptar candidatos con fecha de terminación de estudios anterior, si la Comisión de Selección de Becas nombrada al efecto considera suficientes razones que hayan concurrido para justificar el retraso en el comienzo de la formación investigadora.

c) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de solicitar la beca.

d) Acreditar la tutoría de un investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, así como la autorización del Director del correspondiente centro o instituto.

IV. Dotaciones

1. La dotación de la beca será de 110.000 pesetas brutas mensuales. Esta cuantía se igualará cada año a la cantidad fijada por el Ministerio de Educación y Cultura para las becas de formación de personal investigador.

Asimismo, la Fundación «Mapfre» abonará a los interesados el importe correspondiente a las tasas académicas de los cursos del tercer ciclo, si procede, previa justificación del gasto realizado.

2. La beca se abonará por mensualidades completas y con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes al que corresponda.

3. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por su parte, se hará cargo de la inclusión del interesado en la póliza colectiva de este organismo para accidentes corporales y asistencia médica. Este último podrá hacerse extensivo a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en el Departamento de Posgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid, y en la siguiente dirección «internet»: http:/www.csic.es/postgrado.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Certificación académica personal completa y acreditativa de la documentación exigida, en original y fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente.

b) Currículum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en el Departamento de Posgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y en la dirección «internet» antes mencionada.

c) Memoria anteproyecto del trabajo a realizar, máximo 2.000 palabras, que deberá incluir un informe del Director del mismo, con el visto bueno del Director del centro o instituto.

d) Relación de las diez publicaciones más relevantes del grupo investigador receptor del becario a juicio de los integrantes del dicho grupo.

e) Fotocopia del documento nacional de identidad.

f) Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones o disfrutes de otras becas o ayudas tal como se indica en VI.

VI. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de un año y podrá prorrogarse hasta tres veces en períodos de doce meses.

El preceptor de esta ayuda deberá incorporarse al Centro de Consejo Superior de Investigaciones Científicas para el que obtenga la beca, en la fecha que se indique en la comunicación de concesión de la misma. Si el becario no lo hace en el plazo establecido perderá los derechos inherentes a la beca que se le hubiera concedido.

La condición y disfrute de la beca no establece relación contractual o estatutaria con el centro al que queda adscrito el beneficiario ni con la Fundación «Mapfre», ni implica por parte del organismo receptor ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla del mismo.

El disfrute de la beca es incompatible con el registro en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo (INEM) como demandante de empleo, al tratarse de una subvención para adquirir una cualificación profesional nueva y exigir dedicación exclusiva a la formación conducente al grado de Doctor.

Además, el disfrute de esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de similares características financiada con fondos públicos o privados, españoles o de la Comunidad Europea. No obstante, será compatible con bolsas de viaje con la autorización correspondiente del organismo.

La solicitud de prórroga deberá manifestarse al Departamento de Posgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, al cumplirse los diez primeros meses de disfrute de la beca. Para ello, el becario deberá enviar, junto con la solicitud de prórroga una memoria, máximo 1.000 palabras, relativa a la labor realizada y que se propone llevar a cabo en caso de serle concedida dicha prórroga, que deberá acompañarse del informe del Director del trabajo con el visto bueno del Director del centro o instituto.

A la vista de esta documentación, la Comisión Mixta del CSIC-Fundación «Mapfre» nombrada al efecto propondrá a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas la correspondiente prórroga o baja.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del organismo, se considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

VII. Selección de candidatos

Para la selección de los candidatos se nombrará una Comisión Mixta del CSIC-Fundación «Mapfre», que será presidida por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

En la selección se tendrá en cuenta, además de los requisitos administrativos, todos los méritos académicos y científicos aportados, tanto los que se refieren al candidato como al grupo receptor, así como el interés y la oportunidad del tema de investigación propuesto y el carácter formativo del plan de trabajo. Los candidatos seleccionados en esta fase podrán ser citados para una entrevista personal. La Comisión Mixta elevará a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas el nombre del candidato que deba ser becado.

VIII. Obligaciones del becario

1. Presentar al término del período de disfrute de la beca el correspondiente informe final descriptivo de la labor realizada, máximo 1.000 palabras. Este informe se presentará en el Departamento de Posgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y a la Fundación «Mapfre».

2. Permanecer asiduamente en el centro para el que se le concedió la beca, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización del Departamento de Posgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que decidirá de acuerdo con el centro correspondiente.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid