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Documento BOE-A-1997-7784

Orden de 7 de marzo de 1997 por la que se modifica la autorización del centro de Formación Profesional Específica «Centro de Formación Empresarial (CAI)» de Zaragoza, especificando los ciclos formativos que el centro impartirá en sustitución de los Módulos Experimentales autorizados por Orden de 10 de septiembre de 1993.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1997, páginas 11588 a 11588 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-7784

TEXTO ORIGINAL

Visto en expediente iniciado a instancia de don Isidro Conde Hernández, en nombre y representación de la entidad Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, solicitando la modificación de la autorización del centro de Formación Profesional Específica «Centro de Formación Empresarial (CAI)», sito en la calle Alcalde Sainz de Varanda, 1 y 3 de Zaragoza.

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización del centro de Formación Profesional Específica «Centro de Formación Empresarial (CAI)» sito en la calle Sainz de Varanda, 1 y 3 de Zaragoza, especificando los ciclos formativos que el centro impartirá en sustitución de los Módulos Experimentales autorizados por Orden de 10 de septiembre de 1993. La configuración del centro será la siguiente:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Centro de Formación Empresarial (CAI)».

Domicilio: Alcalde Sainz de Varanda, 1 y 3.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Titular: «Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón».

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclo formativo de grado superior de Producción por Mecanizado.

Capacidad: Número de grupos: 2. Número de puestos escolares: 60.

Ciclo formativo de grado superior de Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso.

Capacidad: Número de grupos: 2. Número de puestos escolares: 60.

Segundo.-La Dirección Provincial del Departamento en Zaragoza comprobará que el centro cuenta con el equipamiento y profesorado adecuado para la impartición de los ciclos formativos autorizados.

Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de marzo de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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