Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar Acuartelamiento «Bonete», situado en el término municipal de Cádiz, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarle, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo:
Primero.-A los efectos prevenidos en el capítulo II del Título Primero del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por el Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, el Acuartelamiento «Bonete» (Cádiz), se considera incluido en el grupo primero de los señalados en el artículo 8 del citado Reglamento.
Segundo.-De conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 10 del citado Reglamento, se señala la zona próxima de seguridad, que vendrá determinada por la línea poligonal comprendida entre los siguientes puntos, determinados por coordenadas:
Coordenadas
Punto / x / y
1 / 741114 / 4046674
2 / 741121 / 4046665
3 / 741157 / 4046685
4 / 741159 / 4046661
5 / 741153 / 4046657
6 / 741148 / 4046661
7 / 741144 / 4046657
8 / 741155 / 4046642
9 / 741171 / 4046652
10 / 741189 / 4046654
11 / 741197 / 4046671
12 / 741199 / 4046681
13 / 741195 / 4046688
14 / 741156 / 4046817
15 / 741155 / 4046823
16 / 741146 / 4046833
17 / 741142 / 4046832
18 / 741110 / 4046860
19 / 741182 / 4047060
20 / 741114 / 4046674
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
SERRA REXACH
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid