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Documento BOE-A-1997-7999

Orden de 14 de marzo de 1997 por la que se modifica la autorización del centro privado de educación infantil «Verdemar», de Santander (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 1997, páginas 11904 a 11905 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-7999

TEXTO ORIGINAL

Visto en expediente tramitado a instancia de don Luis Sánchez García, en representación de la Sociedad Cooperativa de Enseñanza «Verdemar», titular del centro de Educación Infantil denominado «Verdemar», domiciliado en calle Barrio Corbán, número 11, de Santander, solicitando modificación de la autorización del centro, por ampliación de una unidad de Educación Infantil de Segundo Ciclo.

Este Ministerio, ha resuelto:

Primero.-Autorizar la modificación de la autorización del centro de Educación Infantil por ampliación de una unidad, quedando configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Verdemar».

Persona o entidad titular: Sociedad Cooperativa de Enseñanza «Verdemar».

Domicilio: Calle Barrio Corbán, número 11.

Localidad: Santander.

Municipio: Santander.

Provincia: Cantabria.

Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de Segundo Ciclo.

Capacidad: Seis unidades con 150 puestos escolares.

Segundo.-Provisionalmente, y hasta que no se implante las enseñanzas definitivas, según lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 17 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), el centro «Verdemar», hasta la finalización del curso 1999/2000, dispondrá de una capacidad máxima de seis unidades de Educación Infantil, Segundo Ciclo, con 210 puestos escolares.

Tercero.-Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.

Cuarto.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación NBE CPI/96 de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Quinto.-Contra esta Orden, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 14 de marzo de 1997.-P. D. (Orden de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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