«Export Surfruit, Sociedad Limitada», de Los Rosales (Sevilla), solicita el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el Real Decreto 1101/1986, de 6 de junio, y el apartado b) del artículo 5.º del Real Decreto 509/1992, de 14 de mayo.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Reconocer como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, conforme al artículo 13 del Reglamento (CEE) numero 1035/1972, del Consejo, de 18 de mayo, a «Export Surfruit, Sociedad Limitada», de Los Rosales (Sevilla).
Segundo.-La concesión de los beneficios en virtud del artículo 14 del Reglamento (CEE) número 1035/1972, del Consejo, de 18 de mayo, se condicionan a las disponibilidades presupuestarias.
Madrid, 17 de marzo de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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