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Documento BOE-A-1997-8057

Orden de 21 de marzo de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1.809/94, promovido por don Luis Antonio Rosel Onde.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 1997, páginas 11932 a 11932 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1997-8057

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada, con fecha 17 de junio

de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 1.809/94, promovido por don Luis Antonio Rosel Onde, contra resolución expresa de este Ministerio

desestimatoria de la solicitud formulada por el recurrente sobre reconocimiento y abono del complemento de destino, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Letrado don Rafael Mateo Alcántara, en nombre y representación de don Luis Antonio Rosel Onde, contra la resolución referida al principio, debemos declarar y declaramos que la misma es ajustada a Derecho; sin hacer imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 21 de marzo de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.

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