En el recurso contencioso-administrativo número 325/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Societé des Produits Nestlé, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 29 de septiembre de 1994, se ha dictado, con fecha 27 de noviembre de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Societé des Produits Nestlé, Sociedad Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 29 de septiembre de 1994, que desestimó la pretensión de la recurrente de que la denegación de la marca 1.662.681 "Ideal Koffe", se fundase, además de por la causa que se denegó, en la semejanza con sus marcas internacional 172.477 y nacional 548.488, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución, en lo que el presente pleito se refiere, es conforme a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de marzo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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