En el recurso contencioso-administrativo número 1.891/1993, referente al expediente de marca número 1.512.663/3, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Bankinter, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de julio de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 27 de agosto de 1993, se ha dictado, con fecha 20 de enero de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Bankinter, Sociedad Anónima", representada por la Procuradora doña Rocío Sampere Meneses, confirmamos las Resoluciones impugnadas por ser conformes a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de marzo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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