Advertido error por omisión en la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 67, de 19 de marzo de 1997, se procede a continuación a la oportuna rectificación:
En la página 8881, segunda columna, apartado cuarto, donde dice:
«Los gastos de viaje incluirán, además de los pasajes aéreos, los gastos de transporte, tanto en España como en los países de tránsito y de destino, y los gastos de alojamiento y manutención en los países de tránsito.»
Debe decir:
«Los gastos de viaje incluirán, además de los pasajes aéreos, los gastos de transporte, tanto en España como en los países de tránsito y de destino, y los gastos de alojamiento y manutención en los países de tránsito, así como todos aquellos otros gastos necesarios para la realización de la actividad objeto de la ayuda durante el período de duración de la estancia.»
Madrid, 7 de marzo de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.
Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación Iberoamericana y Vicesecretario general de la AECI.
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