Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Rubio Rodríguez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid, en sentencia de fecha 31 de marzo de 1995, como autora de un delito continuado de hurto, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de marzo de 1997,
Vengo en indultar a doña María del Carmen Rubio Rodríguez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 21 de marzo de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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