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Documento BOE-A-1997-8438

Resolución de 10 de marzo de 1997, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de ampliación de homologación de gran recipiente a granel, para el transporte de mercancías peligrosas, fabricado por «Guimerá, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 1997, páginas 12357 a 12358 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1997-8438

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Guimerá, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Potosí, número 9, municipio de Barcelona, para la ampliación de homologación de gran recipiente a granel, fabricado por «Guimerá, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Barcelona.

Vista la Resolución de homologación de fecha 25 de junio de 1996, con contraseña de homologación G-065 y organismo expedidor la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña.

Vista la certificación de la EIC, ICICT, entidad colaboradora de la Administración, con clave BB.VC.12107/97, de fecha 28 de enero de 1997, en la que se hace constar el seguimiento del cumplimiento de la normativa vigente para el transporte de mercancías peligrosas por carretera (TPC-ADR), así como el seguimiento de las condiciones originales del proyecto que sirvió de base para conceder la contraseña de homologación citada,

He resuelto autorizar para el gran recipiente a granel citado, la ampliación de homologación consistente en transportar, además, de las materias autorizadas en la Resolución citada, las siguientes:

NU 1202, clase 3, apartado 31.c, combustibles para motores diesel con densidades máximas de 1.2 kg/l y tensiones de vapor a 55o C máximas de 1.3 bars.

Conservando para el resto todas las características originales.

Esta Resolución de ampliación de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 10 de marzo de 1997.-El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996 «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar Guevara.

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