En el recurso contencioso-administrativo número 1.429/94, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; a instancia de don Martín Vera Álvaro, contra la deducción de haberes practicada con motivo de su participación en la huelga legal acaecida durante los días 16 al 19 de marzo de 1990, ha recaído sentencia, de fecha 13 de diciembre de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso formulado por don Martín Vera Álvaro, contra la resolución que se dice en el encabezamiento de esta sentencia; sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.»
En virtud de lo que antecede, esta Subsecretaría ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de marzo de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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