En el recurso contencioso-administrativo número 1.508/1994-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Pernod Ricard, Sociedad Anónima», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 4 de diciembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 1.508/94, interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de "Pernod Ricard, Sociedad Anónima", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 22 de marzo de 1994 ("BOPI" de 16 de junio), por la que, con estimación del recurso de reposición, entablado frente a la de 5 de febrero de 1993 ("BOPI" de 16 de mayo), concedió la inscripción de la marca nacional gráfico-denominativa 1.601.087, "Pastis 45", para distinguir productos de la clase 33 del Nomenclátor (vinos, licores y otras bebidas alcohólicas, excepto cerveza), debemos declarar y declaramos que la resolución impugnada es conforme con el ordenamiento jurídico y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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