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En el recurso contencioso-administrativo número 1.281-1994-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Cegelec, S. A.», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 2 de febrero de 1993 y 16 de febrero de 1994, se ha dictado, con fecha 15 de noviembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1281/1994, interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de egelec, Société Anonyme'', contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 2 de febrero de 1993, concediendo la marca nacional número 1.565.354, Tekelec España, y de 16 de febrero de 1994, desestimatoria del recurso de reposición planteado contra la anterior. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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