En el recurso contencioso-administrativo número 460/1991, referente al expediente de marca número 1.139.683/0, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Frío, Frutos y Derivados, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de octubre de 1989 y 15 de octubre de 1990, se ha dictado, con fecha 4 de junio de 1992, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo, promovido por el Procurador don Javier Ungría López, en nombre y representación de "Frío, Frutos y Derivados, Sociedad Anónima", contra los acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 2 de octubre de 1989 y el expreso desestimatorio del recurso de reposición contra aquél, de fecha 15 de octubre de 1990, debemos declarar y declaramos que no ha lugar a lo solicitado en su escrito de demanda, por estar los actos impugnados dictados de conformidad con el ordenamiento jurídico; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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