Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-9658

Resolución de 15 de abril de 1997, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del texto de la Revisión Salarial del I Convenio Marco de la Unión General de Trabajadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 1997, páginas 14121 a 14122 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-9658

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Marco de la Unión General de Trabajadores, que fue suscrito con fecha 24 de enero de 1997 por su Comisión Mixta en representación de la UGT y de los trabajadores de la misma, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la Revisión Salarial del citado Convenio Marco en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de abril de 1997.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO MARCO DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES Tabla salarial año 1997

Salario

base mensual

-

Pesetas / Categoría

Titulado superior primera A / 159.365

Titulado superior segunda A / 173.283

Titulado superior tercera A / 187.076

Titulado medio primera A / 147.744

Titulado medio segunda A / 157.003

Programador primera A / 138.487

Jefe administrativo / 133.954

Administrativo primera / 103.880

Administrativo segunda / 110.841

Administrativo tercera / 122.397

Secretario primera A / 110.841

Secretario segunda B / 122.397

Secretario segunda / 129.229

Grabador informático / 110.841

Operador informático / 122.397

Encargado de Oficios Varios / 110.841

Telefonista / 110.841

Oficial primera Oficios Varios / 108.351

Oficial segunda Oficios Varios / 105.988

Ayudante de Oficios Varios / 103.880

Operador de Fotocopiadora / 103.880

Camarero / 103.800

Vigilante / 99.155

Limpiador / 99.155

Mozo / 99.155

Organizador sindical / 110.841

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/04/1997
  • Fecha de publicación: 05/05/1997
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid