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Documento BOE-A-1997-9669

Resolución de 15 de abril de 1997, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.926/1994-04, promovido por Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 1997, páginas 14132 a 14132 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-9669

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.926-94-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad contra resolución del Registro de la Propiedad de 16 de septiembre de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 19 de septiembre de 1994, se ha dictado, con fecha 12 de febrero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo número 1.926/1994, interpuesto por la Procuradora doña Cayetana de Zulueta Luchsinger, actuando en nombre y representación de Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 19 de septiembre de 1994 («BOPI» de 16 de noviembre), en cuanto desestimatoria del recurso de reposición entablado frente a la de 16 de septiembre de 1991, por la que se deniega -en aplicación del artículo 124.5 del estatuto de la Propiedad Industrial- la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial de la marca 1.327.859 "Caja de Ahorros e Inversiones", debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas no son conformes con el ordenamiento jurídico y, en consecuencia, las anulamos, reconociendo el derecho de la actora a inscribir la antecitada marca en el Registro de la Propiedad Industrial. Sin costas.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 15 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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