En el recurso contencioso-administrativo número 1.784/94/04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ledesa, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de junio de 1993 y 9 de junio de 1994, se ha dictado, con fecha 14 de febrero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.784/1994, interpuesto por el Procurador don Santiago Tesorero Díaz, en nombre y representación de "Ledesa, Sociedad Anónima", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 9 de junio de 1994, desestimatoria del recurso de reposición planteado contra la resolución de 3 de junio de 1993, que concedió la marca nacional número 1.674.136, "Dehesa de Extremadura", para productos de la clase 40. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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