Contingut no disponible en valencià
Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Campus Ciencias de la Salud de Granada», instituida y domiciliada en Granada.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación fue constituida en escritura pública de fecha 18 de marzo de 1997, ante don Julián Peinado Ruano, Notario del Ilustre Colegio de Granada, con número de protocolo 815, figurando como fundadores el excelentísimo señor Consejero de Educación y Ciencia, el excelentísimo señor Consejero de Salud, el señor Director de la Empresa Pública del Suelo Andaluz (EPSA), la excelentísima Diputación Provincial de Granada, el excelentísimo Ayuntamiento de Granada, en excelentísimo Ayuntamiento de Armilla, la Universidad de Granada, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Caja General de Ahorros de Granada y la «Caja Rural de Granada, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito».
Segundo.-Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:
1) Impulsar la puesta en marcha del «Campus de la Salud», en Granada, para lo cual:
a) Promoverá ante las distintas Administraciones Públicas y entidades privadas cuantas gestiones resulten necesarias en orden a la puesta en marcha del proyecto.
b) Promoverá la recalificación urbanística de los terrenos ubicados en la zona sur de Granada, definidos en el proyecto ganador del concurso de ideas, resuelto por Orden de 31 de marzo de 1995 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 6 de abril).
c) Realizará cuantas actuaciones sean necesarias para la liberación del terreno ocupado por sus actuales propietarios.
d) Establecerá el plan de desarrollo integral del Campus.
2) Promoverá la realización de Convenios Universidad-Empresa para la investigación, estudio y análisis en el área Biosanitaria.
3) Promover la presencia activa del «Campus de la Salud» dentro del territorio nacional e internacional, especialmente los países de la Unión Europea y del entorno de Andalucía.
4) Llevar a cabo o fomentar cuantas acciones fuesen necesarias para el desarrollo de actividades sectoriales o intersectoriales en materia de salud y de prevención de riesgos laborales, así como la constitución de agrupaciones asociativas en estas materias.
5) En general, todas cuantas actuaciones sean necesarias para la promoción y difusión de las actividades, servicios y empresas radicadas en el «Campus de la Salud».
6) Anualmente el Patronato concretará en sus programas las actividades a desarrollar en cumplimiento del objeto o fines genéricos que la Fundación promueve.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está constituida por 100.000.000 de pesetas. De esa cantidad, se aporta en dinero efectivo 32.500.000 pesetas, mediante ingreso en la cuenta a nombre de «La Fundación Campus de la Salud de Granada», en la Caja General de Ahorros de Granada y en la «Caja Rural Provincial de Granada, Sociedad Cooperativa de Crédito», según consta en la documentación aportada.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía a un Patronato, que estará compuesto por un mínimo de 10 miembros y un máximo de 20, siendo su Presidente el excelentísimo señor Rector Magnífico don Lorenzo Morillas Cuevas. Además del Presidente, existirá uno o más Vicepresidentes y un Secretario.
Asimismo, sin el carácter de órgano, existirá un Gerente, con funciones ejecutivas, que actuará bajo la dirección del Patronato.
Vistos: La Constitución Española de 1978; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el protectorado sobre las de esta clase.
Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes, debiéndose, no obstante, interpretar el artículo 16.1 de los Estatutos sociales en función de lo dispuesto por el párrafo 2 del artículo 13.5 de la Ley 30/1994 de Fundaciones, y el artículos 27.3 de los Estatutos, en función de lo dispuesto por el artículo 31.2 de la antedicha Ley.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de derecho hasta aquí expuestos, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría jurídica, resuelve:
Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Campus Ciencias de la Salud», de Granada, en la forma explicitada en el fundamento de derecho, segundo.
Segundo.-Aprobar los Estatutos, contenidos en la escritura pública de fecha 18 de marzo de 1997, con las observaciones indicadas en el fundamento de derecho, segundo.
Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la carta fundacional y que han aceptado sus cargos.
Sevilla, 16 de abril de 1997.-El Consejero, Manuel Pezzi Ceretto.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid