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Documento BOE-A-1997-9859

Resolución de 18 de abril de 1997, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente, de declaración, de bien de interés cultural como conjunto histórico, a favor del pueblo de Támara de Campos, de Palencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 1997, páginas 14357 a 14358 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1997-9859

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre, Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley de Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como conjunto histórico, a favor de Támara de Campos, de Palencia, según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Támara de Campos que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en el conjunto histórico que se pretende declarar, o en su propio entorno, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 18 de abril de 1997.-El Director general, Carlos de la Casa Martínez.

ANEXO

Descripción

Situada entre el Carrión y el Pisuerga en un pequeño valle formado por el río Ucieza, la villa de Támara «Castrum Tamarae» ha sido testigo de importantes acontecimientos históricos.

Allí tuvo lugar el 4 de septiembre de 1037 la batalla de Támara entre las tropas de Bermudo III de León y don Fernando I de Castilla, conservándose entre los pagos o términos del pueblo el de «los reales» en referencia al lugar en que acamparon las huestes.

Consecuencia de la batalla se produce por primera vez la unión de León y Castilla, tras la coronación el 22 de junio de 1038, de Fernando V como Rey de ambos reinos.

El conjunto que conserva restos de su muralla medieval y una de las puertas de acceso, se encuentra presidido por la monumental iglesia de San Hipólito, construcción de los siglos XIV, XV y XVI que constituye una interesante muestra de la arquitectura castellano-leonesa de los períodos gótico y renacentista.

La estructura urbana de Támara se desarrolla en dos partes, la parte alta de forma circular, hoy prácticamente desplobada, donde se sitúa la ermita de la Virgen de la Rombrada, edificio del antiguo hospital de peregrinos de San Juan de Jerusalén, construido en el siglo XVII, en estilo románico, y la parte baja, constituida por grandes manzanas y calles rectas que conserva algunas casas blasonadas junto a interesantes muestras de arquitectura popular con edificios con soportales, como el edificio municipal, buenos ejemplos de construcciones de ladrillo con recercados en piedra de sillería y construcciones en adobe de tipo productivo, como paneras o almacenes de valor singular.

Delimitación del conjunto histórico

Se define como conjunto histórico el área comprendida por una línea curva y paralela a 150 metros de la que se define con el perímetro de delimitación de suelo urbano.

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