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Documento BOE-A-1998-10110

Resolución de 17 de marzo de 1998, de la Dirección General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, por la que se convocan los premios IMSERSO 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 1998, páginas 14367 a 14369 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-10110

TEXTO ORIGINAL

La existencia de colectivos de población que, por sus características especiales encuentran dificultades de diverso orden para su integración social, como son las personas con discapacidad, mayores, inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados, aconseja que, además de las normas que a este respecto dicta el Gobierno y los servicios y acciones que lleva a cabo, se promuevan otras medidas que contribuyan, por un lado, a promocionar la investigación hacia la búsqueda de soluciones para la mejor integración social y el mayor bienestar social de estos colectivos y, por otro, a estimular, mediante el reconocimiento público, la destacada labor que desarrollan entidades, asociaciones, empresas, profesionales, etc., en favor de la integración de estos sectores de la población, así como conseguir la atención de los medios de comunicación, al objeto de difundir y sensibilizar a toda la sociedad ante esta problemática.

Con esta finalidad se considera conveniente que el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) realice una nueva convocatoria de Premios IMSERSO, con el fin de que la labor de divulgación y sensibilización tanto en España como en países iberoamericanos sea permanente.

En consecuencia, esta Dirección General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Real Decreto 1856/1979, de 30 de julio, modificado por el Real Decreto 140/1997, de 31 de enero, y en base a la experiencia recogida en anteriores convocatorias, ha resuelto:

Primero.-Convocar los premios IMSERSO 1998 para las siguientes especialidades: Premios Medios de Comunicación Social (Prensa, Radio y Televisión), Premios de Investigación, Premios a la Integración Laboral y Social y Premios Extraordinarios.

Segundo.-Los premios se regirán de acuerdo con las bases que se hacen públicas como anexo I a la presente Resolución.

Tercero.-Por cada una de las especialidades se constituirá un Jurado formado por personas cualificadas en la materia, cuyo nombramiento corresponderá al Director general del IMSERSO.

Cuarto.-Los gastos producidos por esta convocatoria de Premios IMSERSO 1998, se imputarán a los créditos consignados en el programa 35.93 aplicación 226.2 del presupuesto de gastos y dotaciones del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales del corriente ejercicio económico.

Madrid, 17 de marzo de 1998.-El Director general, Héctor Maravall Gómez-Allende.

ANEXO I

Premios IMSERSO 1998

Bases comunes

Primera.-Se convocan los Premios IMSERSO 1998 en las siguientes especialidades: Premios Medios de Comunicación Social (Prensa, Radio y Televisión), Premios de Investigación, Premios a la Integración Laboral y Social y Premios Extraordinarios.

La cuantía de cada uno de los premios se detalla en las bases específicas.

Segunda.-El tema obligado, en todas y cada una de las especialidades incluidas en esta convocatoria será: La prevención, la integración social o la promoción de servicios sociales dirigidos a las personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados.

Tercera.-El plazo de admisión de trabajos finalizará el 30 de septiembre de 1998.

Cuarta.-Los trabajos podrán remitirse por correo certificado al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), avenida de la Ilustración, sin número, con vuelta a Ginzo de Limia, 58, 28029 Madrid, o entregarse personalmente en el Registro General de este Instituto, planta cero, indicando en el sobre "Premios IMSERSO" y especialidad a la que concursa.

Los trabajos presentados deberán ir acompañados de:

Solicitud cumplimentada cuyo modelo figura en la convocatoria como anexo II.

Fotocopia del número de identificación fiscal o cédula de identificación personal del concursante o representante de la asociación, colectivo o institución.

Documentos y certificados exigidos en las bases que regulan cada una de las especialidades.

Quinta.-Los trabajos pueden ser realizados en cualquier idioma de los utilizados en el ámbito del Estado español debiendo enviar, en su caso, traducción del texto en castellano.

Sexta.-Los premios serán indivisibles, pudiendo declararse desiertos.

Séptima.-No se tomarán en consideración los trabajos que hayan sido premiados en otros concursos.

No se valorarán aquellos trabajos que hayan sido realizados con financiación total o parcial del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

Octava.-No podrá concurrir a esta convocatoria el personal que preste servicios retribuidos en el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

Novena.-Los premios se otorgarán por Resolución del Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, a propuesta de los Jurados nombrados al efecto, formados por expertos en las diferentes modalidades convocadas.

Décima.-La presentación a la convocatoria supone la plena aceptación por parte del concursante de todas las bases que regulan el concurso. No serán admitidos los trabajos que no reúnan los requisitos establecidos en las mismas.

Undécima.-El fallo será inapelable y se hará público en el "Boletín Oficial del Estado", sin perjuicio de su notificación personal a los interesados.

Duodécima.-Las obras presentadas que no resulten premiadas podrán ser retiradas dentro del plazo de tres meses a contar desde la publicación del fallo del Jurado en el "Boletín Oficial del Estado", siendo destruidas las que no sean retiradas en dicho plazo.

Premios Medios de Comunicación Social

Primera.-Podrán optar a estos premios los artículos o reportajes, programas de radio, programas de televisión que traten sobre la problemática en España o países iberoamericanos de personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes, personas solicitantes de asilo, refugiados y desplazados que hayan sido publicados o emitidos en revistas, diarios, emisoras de radio o cadenas de televisión de estos países.

Los artículos o reportajes de prensa, programas de radio o televisión tienen que haber sido publicados o emitidos durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 1997 y el 30 de septiembre de 1998.

Segunda.-Los concursantes deberán presentar el siguiente material.

Prensa:

a) Podrán participar con un solo artículo o con varios hasta un máximo de seis. Los artículos podrán haber sido publicados con nombre, seudónimo o sin firma. En estos dos últimos casos el Director de la publicación deberá certificar el nombre del autor.

b) Dos ejemplares o fotocopias de cada artículo publicado, especificando los datos completos del concursante, título y fecha de publicación.

c) Autorización para la reproducción y difusión de los artículos premiados.

Radio:

a) Selección de guiones, no superior a seis, de la serie de programas emitidos. Los guiones se remitirán por duplicado.

b) Una sola copia, en cinta cassette, de los programas presentados, tal como fueron emitidos.

c) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el título, fecha y hora de emisión y composición del equipo realizador.

d) Documento que acredite la concesión o autorización administrativa que habilite la utilización de las redes de comunicación, emitido por el organismo oficial competente en la materia.

e) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del IMSERSO.

Televisión:

a) Una copia en vídeo, en formato VHS, sistema español.

b) Certificado del Director de la emisora, en la que se acredite el título, fecha, hora de emisión y composición del equipo realizador.

c) Documento que acredite la concesión o autorización administrativa que habilite la utilización de las redes de comunicación, emitido por el organismo oficial competente en la materia.

d) Declaración de que no existen problemas de reproducción de la imagen de las personas que aparezcan en los trabajos presentados, responsabilizándose de las posibles reclamaciones que por este motivo pudiesen originarse.

e) Autorización para la utilización de los programas premiados para los fines del IMSERSO.

Tercera.-Los artículos podrán ser reproducidos y difundidos, a través de las revistas y publicaciones del IMSERSO, indicándose siempre los datos del autor.

Los programas de radio y televisión premiados podrán ser emitidos y difundidos en todos aquellos actos institucionales, jornadas informativas, etc., en los que intervenga el IMSERSO y que considere que su difusión pueda resultar de interés para los objetivos que tiene encomendados el Instituto.

Cuarta.-El IMSERSO y las Consejerías con competencia en temas de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, podrán proponer al Jurado de esta especialidad, la concesión de alguno de los premios, aunque no se hayan presentado al concurso, a:

Profesionales de la información que hayan destacado durante el período exigido en las bases de esta convocatoria por su esfuerzo y labor en el tratamiento de estos temas en periódicos, revistas, agencia de prensa, emisoras de radio o cadenas de televisión.

Periódicos, revistas, programas de radio o televisión que tengan un reconocido prestigio por su destacada labor de sensibilización y difusión en el área de los servicios sociales, cuyos artículos o programas hayan sido publicados o emitidos en el período de tiempo exigido en la convocatoria.

Quinta.-Se concederán los siguientes premios:

Premio IMSERSO Prensa: 1.000.000 de pesetas.

Premio IMSERSO Radio: 1.000.000 de pesetas.

Premio IMSERSO Televisión: 1.000.000 de pesetas.

Premios de Investigación

Primera.-Podrán presentarse a este premio los españoles o iberoamericanos, tanto individualmente como en equipo, así como entidades o empresas que hayan realizado una investigación de la que resulte o pueda resultar un instrumento, servicio o plan de actuación que coopere a la integración social de las personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes, personas solicitantes de asilo, refugiados y desplazados, bien porque favorezca su autonomía personal o bien porque mejore la calidad de vida de estas personas.

Segunda.-Estos trabajos de investigación deberán versar sobre:

Nuevas tecnologías aplicadas a la inserción social.

Estudios sociales y económicos.

Deberán ser inéditos.

Presentación:

Tendrán una extensión no inferior a 100 folios, salvo cuando se trate de una ayuda técnica.

Se enviarán por duplicado en tamaño DIN A-4, mecanografiados a doble espacio, por una sola cara.

Los trabajos podrán venir acompañados de los gráficos, descripciones o cualquier elemento que ayude a los Jurados a la toma de sus decisiones.

Tercera.-En los trabajos de investigación figurará exclusivamente el título. Los datos identificativos del autor o autores constarán únicamente en los documentos reseñados en la base común cuarta (Boletín de solicitud. Anexo II).

Cuarta.-Los trabajos premiados de investigación podrán ser publicados y difundidos por el IMSERSO, indicando siempre los datos del autor.

Quinta.-Se concederán en esta especialidad los siguientes premios:

Primer premio: 2.000.000 de pesetas.

Segundo premio: 1.000.000 de pesetas.

Premios a la Integración Laboral y Social

Primera.-Podrán presentarse todas aquellas empresas, entidades y asociaciones u organismos españoles o iberoamericanos que consideren haber realizado una labor relevante en favor de la integración laboral de las personas con discapacidad, inmigrantes, solicitantes de asilo y refugiados, o bien hayan desarrollado programas o actividades de cuyos resultados se haya logrado una mejor integración social, tanto de los colectivos anteriormente citados, como de las personas mayores.

Segunda.-Los concursantes deberán remitir, por duplicado, una Memoria explicativa no inferior a 25 folios, mecanografiada a doble espacio y por una cara, exponiendo la labor desarrollada dentro del tema citado.

En la Memoria explicativa, sin perjuicio de que los participantes expongan otras informaciones que consideren de interés, se valorarán los siguientes datos.

Integración laboral:

Motivaciones para emprender estas acciones, descripción del centro o de las actividades, número de trabajadores, tipo de trabajo que realiza, promoción de los trabajadores y objetivos futuros.

Indicar si algún organismo oficial o entidad ha colaborado en el desarrollo de la experiencia y, en su caso, nombre del mismo.

Integración social:

Motivaciones para emprender estas acciones, duración del programa y sus objetivos, número y características de las personas beneficiadas y resultados de la integración social del grupo.

Indicar si algún organismo oficial o entidad ha colaborado en el desarrollo de la experiencia y, en su caso, nombre del mismo.

Tercera.-El Jurado de esta especialidad en el ejercicio de sus funciones podrá pedir asesoramiento o recabar la información complementaria que estime procedente.

Cuarta.-Las experiencias premiadas podrán ser publicadas y difundidas por el IMSERSO, indicando siempre los datos del autor.

Quinta.-Se concederán en esta especialidad dos premios:

Premio a la Integración Laboral: 1.000.000 de pesetas.

Premio a la Integración Social: 1.000.000 de pesetas.

Premios extraordinarios a Entidades, Asociaciones, Empresas

o Personas

Primera.-El Instituto de Migraciones y Servicios Sociales podrá premiar a las entidades públicas o privadas, asociaciones, empresas o personas españolas o iberoamericanas que hayan destacado durante el período de tiempo exigido en las bases de la convocatoria, por un hecho puntual concreto y excepcional en favor de personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes, personas solicitantes de asilo, refugiados y desplazados, siempre que este hecho haya sobresalido de manera notable, teniendo un gran alcance social.

Segunda.-Estos premios extraordinarios se concederán a propuesta de cualquier persona u organismo, sin que sea posible que las entidades, asociaciones, empresas o personas lo soliciten para sí mismas.

Aquellas personas u organismos que consideren que una determinada entidad, etc., es merecedora de estos premios, por conocer su destacada labor desarrollada en favor de estos colectivos, podrán dirigirse al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) y efectuar la propuesta correspondiente, aportando una Memoria explicativa en la que se recojan las acciones, medidas y toda aquella información que acredite los méritos estimados para acceder a estos premios.

El IMSERSO y las Consejerías con competencia en temas de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas podrán, asimismo, proponer al Jurado su estudio y consideración, el nombre de aquellas entidades, asociaciones, empresas o personas que, a su juicio, consideren reunir requisitos suficientes.

Tercera.-El Jurado de los premios extraordinarios analizará y valorará las actividades y logros conseguidos. En el ejercicio de su función podrán pedir asesoramiento o recabar la información complementaria que estime procedente.

Cuarta.-En este apartado se concederán los siguientes premios:

Dos premios extraordinarios de 1.000.000 de pesetas cada uno.

ANEXO II

Premios IMSERSO 1998

Boletín de inscripción

Datos del participante o representante autorizado:

Apellidos: Nombre: NIF/Pasaporte o CIP: (*) Domicilio: Calle/Plaza , número Municipio: CP: Provincia: , teléfono País: A título individual.

Participa:

Como representante de asociación, colectivo o institución.

Domicilio: Personas que componen el equipo: Especialidad a la que concursa: Datos del trabajo que presenta.

Título: Modalidad: Material que presenta

Prensa: Radio: Televisión: (*) CIP: Cédula de identificación personal.

Integración laboral: /

Integración social: /

Investigación: /

Premio extraordinario: /

Solicita: Ser admitido como participante en los Premios IMSERSO 1998, en la modalidad antes expresada, a cuyo efecto acompaño cuanto se exige en las bases de la convocatoria, aceptando éstas en su totalidad.

................................... a ............. de ......................... de 1998 ......

(Firma)

Documentos que se acompañan:

Fotocopia número de identificación fiscal o cédula de identificación personal de los participantes y/o representantes.

Prensa (Premios Medios de Comunicación):

Autorización de reproducción artículos (base segunda).

Autorización de reproducción suscrita por empresa editora o propietaria (base segunda).

Radio (Premios Medios de Comunicación):

Certificado Director Emisora (base segunda).

Certificado de concesión o autorización administrativa para la utilización de redes de comunicación.

Autorización emisión programa (base segunda).

Televisión (Premios Medios de Comunicación):

Certificado reproducción de imagen (base segunda).

Certificado de concesión o autorización administrativa para la utilización de redes de comunicación.

Certificado Director emisora (base segunda).

Investigación:

Autorización para su publicación (base cuarta).

Ilmo. Sr. Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

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