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Documento BOE-A-1998-10665

Resolución de 13 de abril de 1998, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 990/1995, interpuesto por la Confederación Sindical CGT.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 1998, páginas 15292 a 15293 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-10665

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 22 de diciembre de 1997, en el recurso con tencioso-administrativo número 990/1995, interpuesto por la Confederación Sindical CGT contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 25 de abril de 1994, que convocó las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria, para el personal a que se refiere el artículo 103.4 de la Ley 31/1990.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

"Que estimamos parcialmente el recurso contencioso administrativo número 990/95, formulado por la Confederación Sindical CGT representada por el Procurador de los Tribunales Emilio Álvarez Zancada, contra la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, representada por el Abogado del Estado, en impugnación de la resolución de 25 de abril de 1994, de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de convocatoria de pruebas selectivas, y contra otra de 29 de septiembre de 1994, de desestimación de recurso ordinario, y anulamos la base 3.6.o de la convocatoria, desestimándolo en los demás extremos; todo ello con el fundamento que se contiene en la presente sentencia; sin hacer expresa declaración en materia de costas."

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 13 de abril de 1998.-El Director general, José Aurelio García Martín.

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