En el recurso contencioso-administrativo número 86/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "R. C. N. Companhia de Importaçao e Exportaçao de Texteis Lda.", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de octubre de 1995, se ha dictado, con fecha 12 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por 1919R. C. N. Companhia de Importaçao e Exportaçao de Texteis Lda.'', contra acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de octubre de 1995, que acordó la concesión de la marca 1.812.512 1919Globo Media'', por ser acto ajustado a Derecho, que confirmamos; sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid