En el recurso contencioso-administrativo número 1.188/1996, referente al expediente de marca número 1.734.492/1, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por "Miguel Torres, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de septiembre de 1995 y 30 de abril de 1996, se ha dictado, con fecha 2 de diciembre de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad mercantil "Miguel Torres, Sociedad Anónima", contra los acuerdos de 5 de septiembre de 1995 y 30 de abril de 1996 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, rechazando los pedimentos de la demanda. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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