En el recurso contencioso-administrativo número 5/2263/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por don Jaime Abrisqueta Martínez, don Emilio Barcia García-Villamil, don Salvador de la Dehesa Azcona, don Manuel María González-Haba Guisado, doña Alicia Vidal Estévez, don Álvaro de Castilla y Bermúdez-Cañete y doña Carmen Díaz Orejas, contra la Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 18 de diciembre de 1997, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado.
Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Jaime Abrisqueta Martínez, don Emilio Barcia García-Villamil, don Salvador de la Dehesa Azcona, don Manuel María González-Haba Guisado, doña Alicia Vidal Estévez, don Álvaro de Castilla y Bermúdez-Cañete y doña Carmen Díaz Orejas, contra Resoluciones del Ministro de Asuntos Exteriores de fechas 4 y 27 de julio, 13 de septiembre y 10 de noviembre, todas ellas de 1995, detalladas en el encabezamiento de esta sentencia, que se confirman por ser ajustadas a derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 2 de abril de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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