El Consejo de Ministros, a propuesta del señor Ministro de este Departamento en su reunión de 20 de marzo de 1998, y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 463/1994, interpuesto por don Manuel Gómez Cea, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de marzo de 1994.
Para un adecuado y completo cumplimiento de la ejecución de la citada sentencia esta Subsecretaría ha resuelto ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Acuerdo del Consejo de Ministros de referencia, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 15 de abril de 1998.-El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.
ANEXO
Acuerdo sobre ejecución de sentencia, dictada en fecha 3 de diciembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1/463/1994, interpuesto por don Manuel Gómez Cea
En el recurso contencioso-administrativo número 1/463/1994, interpuesto por don Manuel Gómez Cea, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 11 de marzo de 1994, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Tercera, en fecha 3 de diciembre de 1997, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Manuel Gómez Cea, y declaramos que la Resolución del Consejo de Ministros de fecha 11 de marzo de 1994 impugnada, no es conforme a derecho y como tal la anulamos y dejamos sin efecto, sin hacer una expresa imposición en costas."
El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
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