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Documento BOE-A-1998-1146

Resolución de 8 de enero de 1998, de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), por la que se da publicidad al Convenio de colaboración específico entre el INIA y el Gobierno de Cantabria, en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, la Orden de 23 de abril de 1993, y la Orden de 29 de junio de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 1998, páginas 2056 a 2057 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-1146

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Convenio de colaboración específico suscrito entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) y el Gobierno de Cantabria, para el desarrollo de los proyectos de investigación correspondientes al Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del MAPA y al Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica; la Orden de 23 de abril de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se crea el Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, y la Orden de 29 de junio de 1995, por la que se establecen los objetivos, directrices y normas generales del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para el cuatrienio 1996-1999.

Madrid, 8 de enero de 1998.-El Presidente, Jesús Miranda de Larra y de Onís.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA) Y LA CONSEJERÍA DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA SECTORIAL DE I + D AGRARIO Y ALIMENTARIO DEL MAPA Y AL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RECURSOS FITOGENÉTICOS

En Madrid, a 29 de septiembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Jesús Miranda de Larra y de Onís, Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF número Q-2821013-F, cargo para el que es nombrado por Real Decreto 1236/1996, de 24 de mayo, actuando en nombre del Gobierno de la nación, en virtud de lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, por el que se delega la competencia para la celebración de Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

De otra parte, el ilustrísimo señor don José Álvarez Gancedo, actuando en representación de la Comunidad Autónoma de Cantabria en su calidad de Consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca, cargo que ostenta en virtud del nombramiento recogido en el Decreto 26/1995, de 24 de julio, estando autorizado para suscribir el presente Convenio en virtud del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, del día 9 de mayo de 1996.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y

EXPONEN

Uno.-Que con fecha 30 de julio de 1996 fue firmado un Convenio Marco de colaboración cuyo objeto lo constituye el desarrollo, por el Gobierno de Cantabria, de los proyectos y acciones de investigación que, correspondiendo a su ámbito territorial, resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del MAPA y en el del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, así como cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución de convenios, contratos o acuerdos establecidos o que puedan establecerse con organismos nacionales y/o internacionales o con entidades y personas físicas y/o jurídicas nacionales o extranjeras.

Dos.-Que por la Dirección General del INIA han sido dictadas Resoluciones, con fecha 21 de julio de 1997, por las que se aprueban las asignaciones económicas a los proyectos que se incluyen como anexo al presente Acuerdo, cuyo desarrollo corresponde al Gobierno de Cantabria.

De acuerdo con lo que antecede, las partes suscriben el presente Convenio específico de colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El objeto del presente Convenio específico de colaboración lo constituye la ejecución, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de las acciones y proyectos de investigación que se incluyen como anexo único al presente Convenio.

Segunda. Financiación.-El INIA, con cargo a las dotaciones presupuestarias del capítulo VI, transferirá a la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en un importe total de 2.679.000 pesetas, de acuerdo con el detalle que, por proyectos, figura en el anexo único, ya mencionado, al presente Convenio de colaboración.

Tercera. Forma de pago.-Los pagos derivados del presente Convenio de colaboración, correspondientes al importe total a que se refiere al cláusula segunda, se realizarán en la siguiente forma:

70 por 100 a la firma del presente Convenio, porcentaje en el que se incluirá el 50 por 100 de las asignaciones para la contratación de personal investigador y el 100 por 100 de las asignaciones para la adquisición de equipo científico y viajes al extranjero que se detallan en las Resoluciones de la Dirección General del INIA, ya citadas.

30 por 100 restante, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, una vez que el gobierno de Cantabria haya certificado que todos y cada uno de los proyectos se encuentran en ejecución y se desarrollan según lo previsto en sus respectivos protocolos.

Cuarta. Información.-Finalizado el ejercicio económico, el Gobierno de Cantabria remitirá al INIA el informe anual de seguimiento de todos y cada uno de los proyectos, de acuerdo con el modelo establecido a tal efecto.

El informe final correspondiente a los proyectos terminados en el ejercicio de 1997 será remitido al INIA antes del 30 de junio de 1998.

Quinta. Período de vigencia.-El presente Convenio específico de colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 1997.

Y en conformidad firman el presente documento, por duplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), Jesús Miranda de Larra y de Onís.-El Consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca, José Álvarez Gancedo.

ANEXO 1

Relación de proyectos de investigación aprobados en 1997

Comunidad Autónoma: Cantabria

Asignación

1997

-

Pesetas / NP / Título

SC97-033-C2-1 / Infecciones mamarias bovinas por corinebacterias: Tipificación de corinebacterias aisladas de mamitis bovinas en base a su clínica, bioquímica, material genético, citotoxicidad y adherencia al epitelio mamario, aplicación a prevención y diagnóstico / 2.679.000

2.679.000

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