En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro Oliu i Casamitjana, en nombre y representación del Ayuntamiento de Isovol, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 22 de octubre de 1997, cuya parte dispositiva dice:
"Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Isovol (Girona), contra resolución del Ministro de Justicia e Interior de 23 de abril de 1996 por la que se desestima la reclamación de indemnización a cargo del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia, formulada por el Ayuntamiento interesado, por ser dicha resolución, en los extremos examinados, conforme a derecho.
Sin hacer expresa imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado" para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 20 de abril de 1998.-P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid