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Documento BOE-A-1998-11868

Resolución de 5 de mayo de 1998, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se convocan becas en España para profesores norteamericanos de origen hispano de enseñanzas primaria y secundaria, que impartan sus clases en los Estados Unidos, durante el mes de julio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 1998, páginas 16857 a 16858 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-11868

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, con el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria y con su programación para el desarrollo de la lengua, cultura y civilización españolas en el extranjero, convoca becas para profesores norteamericanos de origen hispano, que impartan sus clases en los Estados Unidos, para asistir, del 2 al 31 de julio de 1998, a los siguientes cursos organizados por el Centro de Estudios Hispánicos de la Universidad de Alcalá:

Curso general para profesores hispanos de Norteamérica (25 becas).

Curso de especialización para profesores hispanos de Norteamérica (15 becas).

Los cursos tendrán lugar en la Universidad de Alcalá y Casa de América y Museo del Prado, en Madrid.

Las becas estarán dotadas, con cargo al crédito presupuestario 12.03.134-B 491 de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, correspondiente al ejercicio económico 1998, con alojamiento y manutención en las Residencias Universitarias de la Universidad de Alcalá y seguro médico, no farmacéutico, durante el período de las mismas. El coste máximo previsto para ambos conceptos será de 3.100.000 pesetas y 110.000 pesetas, respectivamente. Esta dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que pudiesen corresponderle, según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Requisitos de admisión.-Para el curso general: Residir en cualquiera de los estados de Estados Unidos, ser hispano o que parte de su herencia cultural sea hispana, estar en posesión de un título universitario, disponer de un certificado vigente de profesor y tener fluidez en español. Para el curso de especialización: Además de los indicados para el curso general, haber completado satisfactoriamente el curso general y/o haber realizado o estar realizando un programa de Master o Doctorado en Estudios Hispánicos, Educación bilingüe, desarrollo curricular, Ciencias Sociales o Humanas, Relaciones Internacionales o similares, que tengan relación con los contenidos del curso, y presentar una propuesta de trabajo de investigación a realizar durante el curso en una de las tres asignaturas teóricas que se ofrecen.

Presentación de candidaturas.-Se presentarán en la Oficina Cultural de la Embajada de España Washington, 2375 Pennsylvania Av., N.W. 6.a floor, Washington D.C. 20037. Plazo: Veinte días naturales, a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta convocatoria.

Documentación:

a) Fotocopia del pasaporte o acreditación de nacionalidad.

b) Currículum vitae.

c) Certificado de estudios con especificación de calificaciones obtenidas.

d) Constancia del título universitario, debidamente traducido al español y legalizado (con la Apostilla de la Haya o por legalización diplomática).

e) Constancia de ser profesor en ejercicio de la profesión.

f) Carta del Director del centro docente en el que trabaje el candidato enviada, en sobre cerrado, a la Oficina Cultural de la Embajada de España en Washington.

g) Carta en español del solicitante explicando sucintamente su experiencia profesional y los motivos por los que desea acceder a la beca, comprometiéndose a asistir regularmente al curso y a aceptar los sistemas de control establecidos por los organizadores del mismo y haciendo constar que no se ha beneficiado anteriormente de esta misma beca.

h) Para el curso de especialización, propuesta específica de trabajo de investigación.

Selección.-Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, los Servicios Culturales de la Embajada de España en Washington enviarán a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas la lista de solicitantes de beca para los dos cursos y los expedientes de todos ellos. La selección será efectuada por una Comisión bipartita formada por dos miembros de la citada Dirección General, en Representación de la Administración General del Estado, y dos miembros del Centro de Estudios Norteamericanos, a propuesta del Rector Magnífico de la Universidad de Alcalá y en representación de la misma. En el proceso de selección se tendrán en cuenta los siguientes méritos:

Experiencia docente en enseñanzas primaria y secundaria con alumnos hispanos.

Repercusión que la asistencia a este curso pueda tener en la actividad futura del solicitante y, en el caso de los aspirantes al curso de especialización, la propuesta específica del trabajo de investigación presentada por el candidato.

Información confidencial que, sobre el candidato, aporte el Director de su centro de trabajo.

La lista de candidatos seleccionados se hará pública en el "Boletín Oficial del Estado" y se comunicará a los interesados a través de la Oficina Cultural de la Embajada de España en Washington. Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista definitiva de becarios ante la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la LJCA, de 27 de diciembre de 1956, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de resolución del procedimiento se ajustará a lo dispuesto en el artículo 6.3.b) del Real Decreto 2225/1993.

Incompatibilidades.-Durante su período de vigencia, estas becas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser concedidas para el mismo fin por organismos públicos o privados nacionales o extranjeros.

Obligaciones de los becarios.-Los becarios habrán de realizar la actividad objeto de la beca, que será justificada mediante certificado del centro de estudios en el plazo de un mes a partir de la fecha de finalización de los cursos, estando obligados al reintegro de la cantidad recibida e interés, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan, conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria de 23 de diciembre de 1988, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, en caso de no realización de la actividad becada, obtención de la beca sin reunir las condiciones requeridas u obtención concurrente de otras subvenciones incompatibles. Asimismo, quedan obligados a facilitar cuanta información sea requerida por el órgano concedente de las becas y por el Tribunal de Cuentas y demás órganos competentes del Estado y a comunicar a la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica cuantas ayudas y subvenciones obtengan para la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados nacionales o extranjeros.

Norma supletoria.-Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución, se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en los artículos 81 y siguientes del texto refundido de la Ley General Presupuestaria de 23 de diciembre de 1988, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988.

Madrid, 5 de mayo de 1998.-El Secretario de Estado, Fernando María Villalonga Campos.

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