Contingut no disponible en valencià
Para aplicar en España las disposiciones comunitarias relativas a la gestión de las superficies de base se dictó la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 11 de septiembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 20).
El artículo 3 quater del Reglamento (CEE) 2836/93 de la Comisión, establece que, antes del 15 de mayo de la campaña de comercialización anterior a aquella por la que se solicite el pago compensatorio, los Estados miembros comunicarán a la Comisión los siguientes datos:
a) La superficie básica nacional que vayan a subdividir.
b) Las subsuperficies básicas (nombre, denominación y superficie).
c) El método de concentración de las sanciones.
d) Una prueba de la comunicación a los productores.
Para dar cumplimiento a la disposición anterior, se dicta la presente Orden modificando, en parte, el contenido de la Orden de 11 de septiembre de 1997, al amparo de la competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica establecida en el artícu lo 149.1.13.a de la Constitución española.
En su virtud, dispongo:
Artículo único.
Se modifica el apartado 2 del artículo 3 de la Orden de 11 de septiembre de 1997, que quedará redactado en los siguientes términos:
"2. En caso de que las solicitudes correspondientes lleven a que se sobrepase la correspondientes superficie de base nacional, las medidas aplicables con arreglo al apartado 6 del artículo 2 del Reglamento (CEE) número 1765/92, del Consejo, se concentrarán totalmente en las subsuperficies básicas en las que se haya registrado un rebasamiento, excepto en el caso del maiz en que se aplicará en la superficie de base nacional."
Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 18 de mayo de 1998.
DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI
Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación, Director general de Producciones y Mercados Agrícolas y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid