La disposición adicional primera de la Ley 40/1980, de 5 de julio, establecía que los funcionarios de la Escala de Interventores de Empresas del Cuerpo Técnico del Instituto Nacional de Previsión se integrarán en el Cuerpo de Controladores de la Seguridad Social, que fue declarado "a extinguir" por Real Decreto 97/1986, de 10 de enero.
Vistas las disposiciones citadas, así como la propuesta formulada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, este Ministerio de Administraciones Públicas, resuelve:
Integrar en el Cuerpo "a extinguir" de Controladores de la Seguridad Social a don Cándido Mozún Colmenarejo, asignándole el número de Registro de Personal 211974446 A1637.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 6 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997), el Secretario de Estado para la Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y Director general de la Función Pública.
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