En cumplimiento de los programas de formación y difusión del español y la cultura hispánica que desarrolla este organismo en el marco de la cooperación educativa y científica con los países árabes, africanos y asiáticos en vías de desarrollo, se convocan ayudas para los lectores de español en universidades de los siguientes países: Siria, Jordania, Egipto, Libia, Territorios Palestinos, Túnez, Marruecos y Mauritania, por un período comprendido entre septiembre de 1998 y agosto de 1999, mediante la necesaria publicidad y concurrencia.
Con tal fin, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 26 de marzo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), según redacción dada por Orden de 21 de enero de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de febrero) por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional y el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas,
Esta Presidencia ha resuelto:
Primero.-Ordenar la publicación de la convocatoria del concurso de ayudas para lectores de español en universidades de los países indicados, curso académico 1998/1999, conforme a la condiciones y especificaciones que se recogen en el anexo de la presente Resolución, por delegación del Presidente de esta AECI en el Secretario general de la misma, de fecha 21 de noviembre de 1997.
Segundo.-Facultar al Director general del ICMAMPD, en el ámbito de esta convocatoria, para dictar cuantas normas e instrucciones sean precisas en la interpretación, desarrollo y ejecución de la misma.
Madrid, 7 de mayo de 1998.-El Presidente, P. D. (Resolución 21 de noviembre de 1997 "Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.
Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Secretaria general de la AECI.
ANEXO I
Convocatoria del concurso de ayudas para lectores de español en universidades de Egipto, Jordania, Siria, Túnez, Mauritania, Marruecos, Libia y Territorios Palestinos, del ámbito del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), curso 1998/1999
Condiciones generales
Primera.-En el ámbito de lo previsto en la Orden de 26 de marzo de 1992, el concurso del ICMAMPD tiene por objeto la concesión de ayudas económicas complementarias a licenciados españoles en Filología para ocupar puestos de lector en los departamentos de español de las universidades en los países mencionados, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134.A.480 para 1998. La concesión se realiza con la doble finalidad de incentivar las relaciones culturales y contribuir a la difusión de lengua y cultura españolas de conformidad con los acuerdos de cooperación cultural firmados por España con otros países.
Segunda.-Requisitos de los beneficiarios:
1.o Nacionalidad española o de país comunitario.
2.o Ser Licenciado en Filología Árabe.
3.o Acreditación de conocimientos árabe, inglés o francés, según el país de destino.
4.o Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, debiendo, en otro caso, si no estuvieran sujetos al cumplimiento de dichas obligaciones, acreditar esta circunstancia mediante declaración responsable.
Tercera.-Documentación requerida:
1.o Instancia en la que consten las universidades solicitadas por orden de preferencia, así como datos personales y documentación presentada (según anexo II).
2.o Documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.
3.o Título de Licenciado.
4.o Certificación académica de asignaturas.
5.o Currículum vitae con traducción al árabe, inglés o francés, según el país de destino.
6.o Acreditación del idioma árabe, inglés o francés.
7.o Acreditación de la capacidad docente y experiencia profesional, si la hubiere, para la enseñanza del español.
8.o Acreditación, en la forma reglamentariamente establecida, de hallarse los interesados al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. Cuando el interesado no esté sujeto a obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, deberá acreditar que está exento mediante declaración responsable.
La documentación podrá aportarse mediante fotocopia debidamente compulsada, ya que no se devolverán documentos originales o irrepetibles.
Cuarta.-Plazo y lugar de presentación de las solicitudes: Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, a partir de la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", en:
Registro General de la AECI, avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, teléfono 583 81 00.
Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España.
Registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de la AECI una lista de expedientes completos e incompletos, para que en el plazo de diez días naturales se subsanen los defectos o se aporten los documentos preceptivos.
Quinta.-La información, tramitación de expedientes y demás gestiones a cargo del ICMAMPOD, se realizará en la Unidad de Cooperación Cultural, ubicada en la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida Reyes Católicos, 4, segunda planta, 28040 Madrid, teléfono 583 84 36).
Sexta.-La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión formada por el Director general del ICMAMPD y cuatro Vocales a designar por el Secretario general de la Agencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.o de la Orden de referencia, la cual actuará según los siguientes baremos:
a) Currículum y expediente académico del solicitante, hasta tres puntos.
b) Conocimiento del idioma árabe, hasta 2,50 puntos.
c) Capacidad docente y experiencia profesional para la enseñanza del español, hasta 2,50 puntos.
d) Conocimientos de otras lenguas de uso común en el país de destino (inglés o francés), hasta 1,50 puntos.
e) Haber obtenido el título de Licenciado en los últimos tres años, hasta 0,50 puntos.
La Comisión Evaluadora procederá a la preselección y propuesta de expedientes, condicionada a la aceptación o nombramiento de los candidatos por las universidades, en el período de treinta días a partir del término del plazo de presentación de solicitudes. La relación de candidatos preseleccionados, que será expuesta en el tablón de anuncios de la AECI, será trasladada a las universidades extranjeras junto a la documentación de los candidatos para la selección definitiva.
Recibida la aceptación de la universidad, el Secretario general de la AECI, por delegación del Presidente de la misma, dictará resolución de concesión de las ayudas, que se notificará a los interesados, en un plazo no superior a los seis meses contados a partir de la fecha de la publicación de esta convocatoria.
Contra la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, sobre organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en un plazo de dos meses.
Séptima.-Sustituciones: Los preseleccionados para ocupar los puestos de lectores serán suplentes para optar a las plazas vacantes ocasionadas por la eventual renuncia de los lectores titulares en el mismo país de destino, previa aceptación de la universidad. El orden de los suplentes corresponderá al establecido por el acta de la Comisión Evaluadora que haya resuelto dicha convocatoria de lectorados.
Octava.-Dotación: Los lectores percibirán la anualidad de la ayuda por trimestres vencidos, en pesetas, situándose en dólares. Tendrán derecho a un mes de vacaciones. La cuantía mensual de la ayuda es de 200.000 pesetas, que será complementaria a las facilidades ofrecidas por las universidades.
Los importes de las ayudas tendrán las retenciones fiscales correspondientes.
Las ayudas incluyen: Viaje de ida y vuelta al año y un seguro de asistencia médica y de accidentes en viaje durante el período de vigencia de la ayuda, de acuerdo con las condiciones incluidas en el contrato con la compañía correspondiente.
La AECI atenderá, a través de las representaciones diplomáticas y consulares, y siempre que lo permitan los recursos presupuestarios, las peticiones de material didáctico y que necesiten los lectorados tanto de material editorial como audiovisual del programa "Cine español para el exterior".
La concesión de estas ayudas estará condicionada a la existencia de crédito en el presupuesto de 1999, para las mensualidades correspondientes a este año.
Novena.-Renovación de la ayuda: Las ayudas se concederán por un año prorrogable por otros dos cursos más, solicitándolo conforme el apartado cuarto, aportando la siguiente documentación:
Memoria de las actividades del curso finalizado.
Certificado de la misma universidad en el que conste la confirmación del puesto para el curso siguiente.
Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
El plazo de solicitud de la renovación de las ayudas será el mismo que el establecido para la solicitud de plazas vacantes en esta Resolución.
Décima.-Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a:
a) Cumplir con las tareas previamente establecidas por la Universidad.
b) Presentar una Memoria en el plazo de un mes desde que acabe el curso, e informes trimestrales de las actividades desarrolladas, en el plazo de quince días desde que se efectúe cada fracción del pago.
c) Facilitar justificante del cobro de la ayuda personal.
d) Facilitar, en relación con el destino de los fondos, cuanta información sea requerida por la AECI, Intervención General o Tribunal de Cuentas.
e) Comunicar a la AECI la obtención, en su caso, de otras ayudas para la misma finalidad, bien sean públicas o privadas.
Undécima.-La percepción de la ayuda no implica relación laboral alguna con la AECI.
Duodécima.-Serán causas de revocación de la ayuda:
a) El abandono de las funciones propias de su cargo.
b) La expulsión o interrupción de las funciones de lector por parte de la universidad.
c) La comprobación de que se obtuvo la ayuda sin reunir las condiciones requeridas para ello.
d) El incumplimiento de la justificación de la ayuda.
e) La percepción de cualquier otra ayuda para la misma finalidad, bien sea pública o privada.
Decimotercera.-Los concursantes, por el hecho de serlo, se entiende que aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como la propuesta de la Comisión Evaluadora y la resolución del Presidente de la AECI.
Decimocuarta.-Trimestralmente, será publicada en el "Boletín Oficial del Estado" la relación de ayudas concedidas.
Decimoquinta.-Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución se aplicará con carácter supletorio lo dispuesto en los artículo 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre; en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden de 26 de marzo de 1992, parcialmente modificada por la Orden de 21 de enero de 1997.
Decimosexta.-Relación de las universidades que recibirán lectores de español con ayudas de la presente convocatoria:
Egipto (Universidad de El Cairo).
Egipto (Universidad de El Cairo).
Egipto (Universidad de Minya).
Egipto (Universidad de Al Azhar).
Egipto (Universidad de Al Azhar).
Jordania (Universidad de Ammán).
Jordania (Universidad de Yarmouk). Jordania (Universidad de Yarmouk).
Jordania (Universidad de Al al-Bayt).
Jordania (Universidad de Al-Isra. Ammán).
Jordania (Universidad de Al-Mu'tah).
Siria (Universidad de Damasco).
Siria (Universidad de Alepo).
Túnez (Instituto Bourguiba de Lenguas Vivas).
Túnez (Universidad de Mannouba).
Túnez (Universidad de Túnez).
Mauritania (Universidad de Nouakchott).
Mauritania (Universidad de Nouakchott).
Marruecos (Escuela Superior Rey Fahd de Traducción, Tánger).
Marruecos (Universidad de Agadir).
Marruecos (Universidad de Fez).
Libia (Universidad Al-Fatah, Trípoli).
Libia (Universidad Al-Fatah, Trípoli).
Territorios Palestinos (Universidad de Belén).
Territorios Palestinos (Universidad de An-Najah. Nablús).
Territorios Palestinos (Universidad de Graduados de Hebrón).
ANEXO II
Ayudas para lectores de español en universidades extranjeras
I. Datos personales:
Apellidos: nombre: lugar y fecha de nacimiento: número de identificación fiscal: calle: número: provincia: código postal: teléfono: II. Universidades solicitadas por orden de preferencia:
III. Documentación que presenta:
, a de de 19 ......
Ilmo. Sr. Secretario general de la AECI.
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