Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha de 10 de septiembre de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo número 442/95, promovido por don Guillermo Mera Cazalet de Haut contra resolución expresa de este Ministerio por la que se declara inadmisible el recurso ordinario formulado por el actor sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Muñoz García en nombre y representación de don Guillermo Mera Cazalet de Haut contra la resolución referida en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que la misma es ajustada a Derecho, sin hacer pronunciamiento expreso respecto de las costas procesales causadas".
Lo que digo a V.I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 30 de abril de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, "Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid