El artículo 153 de la Ley General Presupuestaria, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y modificado por Ley 13/1996, de 30 de diciembre, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.
Acordados los criterios de distribución por la Conferencia Sectorial para Asuntos Laborales, en su reunión de 31 de marzo de 1998, el Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de mayo de 1998 decidió su formalización, por lo que debe procederse a la distribución de las cantidades asignadas a cada Comunidad Autónoma.
En consecuencia, he dispuesto:
Artículo 1.
La distribución territorial de las subvenciones correspondientes a programas de apoyo a la creación y fomento del empleo y ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la seguridad social a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, formación profesional ocupacional, escuelas-taller y casas de oficios se llevará a cabo, en el ejercicio económico de 1998, de acuerdo con los criterios objetivos que figuran en el anexo I de esta Orden, en el que aparecen también los porcentajes y cantidades correspondientes a cada una de las Comunidades Autónomas.
Artículo 2.
De conformidad con lo establecido en la regla octava del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, finalizado el ejercicio económico, las Comunidades Autónomas deberán remitir a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, hasta el cierre del ejercicio económico, por las subvenciones gestionadas.
Los documentos justificativos, firmados por el titular del centro directivo que gestione la subvención o subvenciones y adverados por el interventor, se ajustarán al modelo que aparece como anexo II. Dichos documentos justificativos deberán acompañarse de los soportes informativos que se determinen en la resolución correspondiente.
Los remanentes de fondos resultantes al finalizar cada ejercicio que se encuentren en poder de las Comunidades Autónomas, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio, como situación de tesorería en el origen, para la concesión de nuevas subvenciones, tal como establece la regla séptima del artículo 153 de la Ley General Presupuestaria.
Con objeto de su posible inclusión en las solicitudes de pago al Fondo Social Europeo, según lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real Decreto 1492/1987, de 25 de noviembre, las Comunidades Autónomas facilitarán a la Dirección General de Fomento de la Economía Social y al Instituto Nacional de Empleo, respecto a los programas cuya gestión ambos tenían encomendada antes de la transferencia, los datos y justificantes que se determinan en las resoluciones correspondientes en los plazos que asimismo se establezcan en las mismas.
Artículo 3.
Al objeto de adecuar las certificaciones de ejecución de las acciones de Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, cuya participación se prolongue excepcionalmente durante los ejercicios económicos, a las correspondientes justificaciones al Fondo Social Europeo, así como para deducir la cuantía destinada a subvencionar a los Centros Colaboradores del INEM por el concepto de gastos de difícil justificación (hasta el 10 por 100), los responsables de la gestión transferida en las Comunidades Autónomas deberán remitir al INEM, debidamente cumplimentados y antes del 30 de abril de 1999, los anexos III y IV que aparecen en esta Orden.
Disposición adicional primera.
A las Comunidades Autónomas que asuman la gestión de estas ayudas a lo largo del presente ejercicio económico les serán transferidos los remanentes que queden en poder de la Administración Central en la fecha en que tenga efectividad el traspaso de funciones.
Disposición adicional segunda.
Las cuantías acordadas para las Comunidades Autónomas de Aragón y Baleares, sufrirán el ajuste oportuno derivado de las obligaciones reconocidas por el Instituto Nacional de Empleo hasta el 30 de abril de 1998, ya que el traspaso de la gestión de la Formación Profesional Ocupacional del Plan de Formación e Inserción Profesional tiene efectividad desde el 1 de mayo de 1998.
Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 20 de mayo de 1998.
ARENAS BOCANEGRA
Ilmos. Sres. Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, Secretario general de Empleo, Directores generales de Trabajo, de Fomento de la Economía Social y del Instituto Nacional de Empleo, e Interventores Delegados de Hacienda en este Ministerio y en el Instituto Nacional de Empleo.
ANEXO I
Distribución territorial, para el ejercicio económico de 1998, de las subvenciones correspondientes a programas de apoyo a la creación de empleo, ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, Formación Profesional Ocupacional, Escuelas-Taller y Casas de Oficios
A) DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL
Apoyo a la creación de empleo en cooperativas y Sociedades Anónimas Laborales
1. Aplicación presupuestaria: 19.03.322C.452 (Transferencias a las Comunidades Autónomas para la gestión de los programas de fomento de la economía social).
Dotación: 708.303.000 pesetas.
Criterios de distribución:
Gestión de los últimos tres años (25 por 100).
Población activa (25 por 100).
Número de parados (25 por 100).
Empleo generado en cooperativas de trabajo asociado y Sociedades Laborales (25 por 100).
Para el criterio de población activa se han utilizado los datos de la EPA (medias cuarto trimestre 1996 al tercer trimestre de 1997), para el número de parados los datos del paro registrado (Estadística Instituto Nacional de Empleo, medias años 1997) y para el empleo generado se ha utilizado el número de socios de las cooperativas de trabajo asociado y Sociedades Anónimas Laborales constituidas. (Datos obtenidos del "Boletín de Estadísticas Laborales" número 150/diciembre 1997, tomando por cada Comunidad Autónoma los doce últimos meses disponibles.)
Clases de subvenciones: Con cargo al programa "Desarrollo de la economía social" y según la normativa en vigor, se podrán conceder subvenciones en concepto de asistencia técnica a cooperativas y sociedades laborales, suvbenciones a cooperativas y sociedades anónimas laborales y ayudas a la formación y promoción.
Distribución territorial (de la cantidad total se han detraido un 1 por 100 para Canarias. Así pues se distribuyen 701.219.970 pesetas)
Asignación -
Pesetas / 25 por 100
Gestión ajustada / 25 por 100
Número parados / 25 por 100
Población activa / 25 por 100
Empleo generado / Porcentaje a
efecto de distribución / Comunidades Autónomas
Andalucía* / 4.927 / 5.590 / 4.574 / 4.840 / 19.931 / 139.760.152
Aragón* / 872 / 633 / 810 / 928 / 3.243 / 22.740.564
Asturias* / 85 / 884 / 664 / 523 / 2.921 / 20.482.635
Baleares* / 436 / 346 / 534 / 226 / 1.542 / 10.812.812
Canarias* / 1.039 / 1.422 / 1.092 / 1.279 / 4.832 / 40.965.979**
Cantabria* / 301 / 343 / 335 / 190 / 1.169 / 8.197.261
Castilla-La Mancha* / 1.290 / 1.137 / 1.051 / 1.317 / 4.795 / 33.623.498
Castilla y León* / 1.426 / 1.524 / 1.615 / 909 / 5.474 / 38.384.781
Cataluña* / 3.782 / 3.189 / 4.493 / 6.982 / 18.446 / 129.347.036
Comunidad Valenciana* / 2.485 / 2.833 / 2.761 / 2.182 / 10.261 / 71.952.181
Extremadura* / 675 / 779 / 662 / 838 / 2.954 / 20.714.038
Galicia* / 1.595 / 2.136 / 1.853 / 1.135 / 6.719 / 47.114.970
Madrid* / 3.816 / 3.343 / 3.576 / 2.190 / 12.925 / 90.632.681
Murcia* / 1.311 / 624 / 723 / 1.386 / 4.044 / 28.357.336
La Rioja* / 144 / 125 / 171 / 75 / 515 / 3.611.283
Ceuta y Melilla / 51 / 92 / 86 / - / 229 / 1.605.793
Total / 25.000 / 25.000 / 25.000 / 25.000 / 100.000 / 708.303.000
* Comunidades Autónomas que han asumido la gestión del programa.
** Sumado el 1 por 100 de 708.303.000 pesetas.
2. Aplicación presupuestaria: 19.03.322C.459 (Transferencias a las Comunidades Autónomas para la gestión de los programas de fomento de la economía social, cofinanciados por el Fondo Social Europeo).
Dotación: 929.000.000 de pesetas.
Criterios de distribución:
Número de parados (50 por 100).
Empleo generado en cooperativas de trabajo asociado (50 por 100).
El índice resultante para las Comunidades Autónomas situadas en zonas objetivo número 1 del Fondo Social Europeo se ha multiplicado por 1,3 para obtener el porcentaje de participación.
Para el criterio de número de parados se han utilizado los datos del paro registrado (estadística INEM, medias año 1997) y para el empleo generado se ha utilizado el número de socios de las Cooperativas de Trabajo Asociado constituidas (datos obtenidos del "Boletín de Estadísticas Laborales" número 150/diciembre 1997, tomando para cada Comunidad Autónoma los doce últimos meses disponibles).
En el supuesto de que se genere crédito en esta aplicación por ingresos procedentes de la Unión Europea, se distribuirá en proporción al importe con el que cada Comunidad Autónoma haya contribuido a la petición de saldo formulada ante el Fondo Social Europeo para el ejercicio 1997.
Distribución territorial
Porcentaje de
participación / Asignación en
-
pesetas / Comunidad Autónoma
Andalucía* / 24,317 / 225.904.930
Aragón* / 2,599 / 24.144.710
Asturias / 2,715 / 25.222.350
Baleares* / 0,926 / 8.602.540
Canarias* / 5,481 / 50.918.490
Cantabria* / 0,944 / 8.769.760
Castilla-La Mancha* / 4,392 / 40.801.680
Castilla y León* / 4,798 / 44.573.420
Cataluña* / 19,951 / 185.344.790
Comunidad Valenciana* / 10,926 / 101.502.540
Extremadura* / 3,015 / 28.009.350
Galicia* / 7,079 / 65.763.910
Madrid* / 7,508 / 69.749.320
Murcia* / 4,884 / 45.372.360
La Rioja* / 0,264 / 2.452.560
Ceuta y Melilla / 0,201 / 1.867.290
Total / 100,000 / 929.000.000
* Comunidades Autónomas que han asumido la gestión del programa.
B) DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social de trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas
Aplicación presupuestaria: 19.03.800X.422
(En pesetas)
Dotación / 16.537.905.000
Reserva 15 por 100 (artículo 153 LGP). / 2.480.685.750
Obligaciones derivadas de las competencias propias de la DGT / 12.731.719.000
15.212.404.750
Crédito que se distribuye / 1.325.500.250
Criterio de distribución: Porcentaje de población ocupada de cincuenta y cinco años y más, en relación con el total nacional, según la Encuesta de Población Activa (media anual de 1997).
Distribución territorial
Comunidad Autónoma / Asignación
-
en pesetas
Andalucía / 163.831.831
Aragón / 51.164.310
Asturias / 30.353.956
Baleares / 26.377.455
Canarias / 49.176.059
Cantabria / 15.906.003
Castilla-La Mancha / 51.694.510
Castilla y León / 99.147.419
Cataluña / 226.660.543
Comunidad Valenciana / 134.273.175
Extremadura / 28.630.805
Galicia / 134.670.825
Madrid / 182.521.384
Murcia / 31.944.556
Navarra / 21.870.754
País Vasco / 64.021.662
La Rioja / 9.145.952
Ceuta y Melilla / 4.109.051
Total / 1.325.500.250
C) INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO
Distribución territorial para el ejercicio económico de 1998 de las subvenciones correspondientes a programas de apoyo a la creación de empleo, al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional y al Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios
Programas de empleo:
1. Programa: Integración Laboral de Minusválidos.
Criterios:
a) Asumir los costes de mantenimiento de puestos de trabajo de trabajadores minusválidos en Centros Especiales de Empleo, según las plantillas existentes a 31 de diciembre de 1997.
Para la creación de nuevos puestos de trabajo se estará a la dotación resultante de aplicar el criterio de distribución de porcentaje de demandantes minusválidos en cada Comunidad Autónoma sobre el total de dichas Comunidades, sin que en ningún caso la dotación mínima por cada Comunidad para dicha creación sea inferior a 50.000.000 de pesetas, ni el total asignado a cada una de ellas sea inferior a la del ejercicio de 1997.
b) Las dotaciones asignadas para el mantenimiento de los puestos existentes y la creación de los nuevos podrán utilizarse indistintamente con objeto de optimizar la gestión del Programa.
Integración laboral de minusválidos
Comunidad Autónoma / Total
-
pesetas
Mantenimiento de puestos y creación
Andalucía / 1.339.906.358
Aragón / 515.012.659
Baleares / 206.696.120
Canarias / 189.934.758
Cantabria / 324.001.388
Castilla-La Mancha / 229.074.686
Castilla y León / 831.239.472
Cataluña / 2.949.035.333
Comunidad Valenciana / 831.543.933
Extremadura / 359.267.331
Galicia / 384.804.059
Madrid / 1.429.815.396
Murcia / 261.449.307
La Rioja / 116.679.200
Total / 9.968.460.000
Asturias / 477.774.875
Ceuta / 13.030.857
Melilla / 18.827.148
País Vasco / 1.895.367.120
Total / 2.405.000.000
Totales / 12.373.460.000
2. Programa: Promoción de Empleo Autónomo.
Criterios:
Paro registrado en INEM y Agencias de colocación sin fines lucrativos autorizadas por el Instituto Nacional de Empleo.
Porcentaje de paro de cada una de las Comunidades Autónomas que participan en la distribución en relación con el total de paro existente en el conjunto de dichas Comunidades (media de paro registrado según estadísticas del INEM entre los meses de julio de 1996 y junio de 1997 y el paro registrado en Agencias de colocación en noviembre de 1997), con una dotación mínima de 50.000.000 de pesetas por Comunidad.
Las dotaciones asignadas tanto para las rentas de subsistencia como para las subvenciones financieras podrán utilizarse indistintamente con objeto de optimizar la gestión de dichos Programas.
Promoción del empleo autónomo (conceptos presupuestarios 453 y 472)
Distribución
Concepto 453
-
Pesetas / Comunidad Autónomas
Promoción del empleo autónomo en territorio
transferido
Andalucía / 1.087.225.938
Aragón / 128.020.499
Baleares / 67.803.449
Canarias / 276.903.597
Cantabria / 67.329.299
Castilla-La Mancha / 221.428.048
Castilla y León / 292.550.547
Cataluña / 664.758.293
Comunidad Valenciana / 566.609.244
Extremadura / 153.150.448
Galicia / 412.510.496
Madrid / 651.956.243
Murcia / 126.123.899
La Rioja / 50.000.000
Total / 4.766.370.000
Promoción del empleo autónomo en territorio INEM
Asturias / 219.552.606
País Vasco / 358.268.022
Ceuta / 12.020.400
Melilla / 11.178.972
Total / 601.020.000
3. Para los programas de:
Contratación por las Corporaciones Locales de Agentes de Empleo y desarrollo local.
Fomento de las iniciativas locales de empleo.
Mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo mediante acciones de información, orientación y búsqueda activa de empleo, por cuenta propia o ajena en colaboración con entidades colaboradoras.
Mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo mediante la contratación temporal de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social por las Corporaciones Locales.
Mejora de la ocupabilidad de los demandantes de empleo mediante la contratación temporal de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social por la Administración General del Estado y sus Organismos autónomos, las Comunidades y sus respectivos organismos, empresas públicas y entes públicos y entidades sin ánimo de lucro.
Criterios:
Paro registrado en INEM y Agencias de colocación sin fines lucrativos autorizados por el Instituto Nacional de Empleo.
Porcentaje de paro de cada una de las Comunidades Autónomas que participan en la distribución en relación con el total de paro existente en el conjunto de dichas Comunidades (media de paro registrado según estadísticas del INEM entre los meses de julio de 1996 y junio de 1997 y el paro registrado en Agencias de colocación en noviembre de 1997).
4. Para bonificación de cuotas empresariales a la Seguridad Social a perceptores de prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único.
Criterios:
Porcentaje de beneficiarios de prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único durante el año 1997 de cada Comunidad en relación con el total nacional de beneficiarios.
5. Para subvenciones por contratación indefinida de colectivos desfavorecidos (incluida la contratación indefinida de trabajadores minusválidos).
Criterios:
a) Estimación de la cantidad pendiente de pago por los expedientes de la Ley 22/1992, de 30 de julio, de Fomento de la Contratación Indefinida.
b) Porcentaje de demandantes minusválidos en cada Comunidad Autónoma sobre el total nacional.
Distribución presupuestaria de los Programas de Fomento de Empleo
Prop 1998
-
Pesetas / Programa
Cataluña *
Empleo Público Local (460.01) / 2.652.800.000
Apoyo E. Indefinido (472) / 1.128.252.652
AEDL (460.04) / 504.800.000
ILES (473) / 615.300.720
IOBE (Administración del Estado 400.05) / 50.497.668
IOBE (Empresas públicas 440.05) / 37.981.152
IOBE (CC.AA. 450.05) / 25.320.768
IOBE (CC.LL. 460.05) / 694.019.232
IOBE (instituciones sin fin de lucro 485.05) / 630.861.180
Total IOBES / 1.438.680.000
Bonific. cuotas capitaliz. (484) / 761.260.038
Empleo Público Institucional:
Administración del Estado (400.00) / 567.900.000
Empresas públicas (440.00) / 31.680.000
CC. AA. (450.01) / 315.500.000
Entidades sin fin de lucro (485.01) / 63.100.000
Total Empleo Público Institucional / 978.180.000
Total / 8.079.273.410
Galicia *
Empleo Público Local (460.01) / 1.644.800.000
Apoyo E. Indefinido (472) / 271.116.020
AEDL (460.04) / 313.200.000
ILES (473) / 381.759.480
IOBE (Administración del Estado 400.05) / 31.330.962
IOBE (Empresas públicas 440.05) / 23.565.168
IOBE (CC.AA. 450.05) / 15.710.112
IOBE (CC.LL. 460.05) / 430.599.888
IOBE (instituciones sin fin de lucro 485.05) / 391.413.870
Total IOBES / 892.620.000
Bonific. cuotas capitaliz. (484) / 79.051.763
Empleo Público Institucional:
Administración del Estado (400.00) / 352.350.000
Empresas públicas (440.00) / 19.650.000
CC. AA. (450.01) / 195.750.000
Entidades sin fin de lucro (485.01) / 39.150.000
Total Empleo Público Institucional / 606.900.000
Total / 4.189.447.263
* Las cantidades correspondientes a los Programas de Integración de Minusválidos y Promoción del Empleo Autónomo se encuentran recogidos en la distribución por Comunidades Autónomas de ambos Programas.
Formación Profesional Ocupacional del Plan F.I.P.
La metodología utilizada para la asignación durante 1998, a las distintas unidades gestoras, de los objetivos de Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional para 1998, se basa en la medición de los indicadores de paro registrado, abarcando la medición de un año completo (último del que se disponga), así como los demandantes de empleo desempleados inscritos en las Agencias de colocación debidamente autorizadas, a fin de evitar algunas situaciones estacionales registradas en algún territorio, que podría distorsionar el porcentaje de participación provincial/regional en los objetivos a asignar. Para la medición de los objetivos de 1998 se han utilizado los indicadores citados, desde agosto de 1996 a julio de 1997 (ambos inclusive). De esta manera se obtienen unos valores absolutos medios por territorio de paro registrado INEM, perceptores de prestaciones por desempleo y parados no perceptores.
Los objetivos de Formación Profesional Ocupacional a cubrir por el capítulo IV del presupuesto aprobado por el Gobierno y presentado a las Cortes Generales para 1998, prevén la formación de 229.000 alumnos, de los cuales 140.000 serán perceptores de prestaciones y 89.000 serán parados no perceptores.
Por este motivo, la fórmula de ponderación a aplicar sobre los valores absolutos de cada territorio y nacional será:
D = N.o percep. prest. territorial * 61,135 % +
N.o percep. prest. nacional
+ N.o parados no percep. territorial * 38,865 %
N.o parados no percep. nacional
De esta manera se obtiene el peso específico que debe tener cada territorio en la consecución de los objetivos de Formación Profesional Ocupacional.
Este porcentaje obtenido mediante esta fórmula se aplica sobre la totalidad de alumnos a formar (229.000) y sobre la cuantía del capítulo IV que corresponde a la impartición de cursos de Formación Profesional Ocupacional del Plan F.I.P. a través de entidades colaboradoras, deducidas por tanto las cuantías del capítulo IV destinadas a la estructuración y ordenación del sistema, así como las destinadas a financiar el Acuerdo Nacional de Formación Continua, obteniéndose así los objetivos (cuantitativos y presupuestarios) globales por territorio.
La distribución a las Comunidades Autónomas que asuman la competencia de gestión durante 1998, después de la celebración de esta Conferencia Sectorial, se efectuará mediante la aplicación de los mismos criterios objetivos anteriormente mencionados.
Las cuantías acordadas para las Comunidades Autónomas de Aragón y Baleares sufrirán el ajuste oportuno derivado de las obligaciones reconocidas por el INEM hasta el 30 de abril de 1998, ya que los efectos del traspaso de la gestión de la Formación Profesional Ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional son de 1 de mayo de 1998.
Objetivos FPO 1998
Capítulo IV
Aplicación presupuestaria 4.5.6. / Prov. y CC.AA. / Distribuidor
-
Contrat. Expert.
-
Pesetas / Porcentaje / Seg. Accd.
-
Pesetas / Becas y ayudas
-
Pesetas / Subv. CC.
-
Pesetas / Total
-
Pesetas
Andalucía / 20,2149 / 451.547.795 / 19.270.257 / 1.358.092.168 / 14.470.917.025 / 16.299.827.245
Canarias / 5,2929 / 118.229.490 / 5.045.563 / 355.591.471 / 3.788.943.636 / 4.267.810.160
Cataluña / 13,5119 / 301.820.372 / 12.880.489 / 907.766.330 / 9.672.547.663 / 10.895.014.854
Com. Valenciana / 10,7430 / 239.970.417 / 10.240.980 / 721.744.069 / 7.690.419.522 / 8.662.374.988
Galicia / 7,6654 / 171.224.912 / 7.307.195 / 514.982.499 / 5.487.307.252 / 6.180.821.858
Navarra / 1,0837 / 24.207.014 / 1.033.059 / 72.805.925 / 775.770.980 / 873.816.978
Extremadura / 2,8507 / 63.677.154 / 1.157.487 / 183.635.656 / 1.882.071.611 / 2.130.541.908
Aragón / 2,3570 / 52.649.192 / 2.246.109 / 158.349.694 / 1.638.144.187 / 1.851.389.182
Baleares / 1,5838 / 35.377.934 / 1.338.704 / 105.963.047 / 1.120.234.137 / 1.262.913.822
Total / 65,3033 / 1.458.704.280 / 60.519.843 / 4.378.930.859 / 46.526.356.013 / 52.424.510.995
Distribución de los créditos de escuelas taller y casas de oficios para 1998 por Comunidades
Participación
teórica
por comunid.
-
Millones ptas. / Comunidad Autónoma / Índice
de distribución
-
Porcentaje
Cataluña / 10,48 / 4.995,20
Galicia / 6,88 / 3.281,45
Distribución en base al paro juvenil (incluyendo agencias de colocación), ponderado inversamente con la renta per cápita al 50 por 100.
ANEXO II
Estado justificativo de la gestión de las subvenciones correspondientes al ejercicio 1998
Obligaciones pendientes
de pago (2-3) / Programa / Concepto / Denominación / Asignación (1) / Obligaciones
reconocidas (2) / Pagos
realizados (3) / Remanentes (1-2)
Fecha:
V.o B.o: El Interventor,El Director,
ANEXO III
Don/doña , Director/a general de , de la Comunidad Autónoma de , certifica que el presente documento concuerda fielmente con la ejecución presupuestaria del ejercicio económico de 1998.
Seguimiento presupuestario justificación F.S.E. / INEM/F.S.E. / Capítulos presupuestarios / Conceptos / I / II / IV / VI / Total
Personal Impart. directa cursos
Personal técnico F.P.O.
Personal de apoyo
Total capítulo I
Gastos funcionamiento cursos MM.PP.
Otros costes imputables Prog. F.P.O.
Total capítulo II
Becas alumnos menores de veinticinco años
Becas alumnos mayores o iguales de veinticinco años
Ayudas al transporte alumnos menores de veinticinco años
Ayudas alojamiento alumnos menores de veinticinco años
Ayudas al transporte alumnos mayores o iguales de veinticinco años
Ayudas alojamiento alumnos mayores o iguales de veinticinco años
Becas formador de formadores
Ayudas formador de formadores
Seguro de accidentes para alumnos
Subvención entidades colaboradoras
Subvención C.C. (modalidad A)
Subvención C.C. (modalidad B)
Subvención C.C. (10 por 100 gastos difícil justificación)
Subvención emp. prácticas profesionales
Total capítulo IV
Inversión equipos docentes normales
Inversión equipos docentes nuevas tecnologías
Total capítulo VI
Total gasto
En , a de de 199....
Conforme (firma y sello), el Interventor responsable de la
Firmado:
ANEXO IV
Estado justificado de la gestión de las subvenciones en materia de formación profesional ocupacional del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional que no han sido liquidadas en su totalidad con cargo al ejercicio económico de 1998
Don/doña , Director/a general de , de la
Certifica: Que la gestión de las subvenciones reseñadas, resultantes del traspaso de competencias en dicha materia no se encuentran totalmente ejecutadas con cargo al ejercicio presupuestario de 1998.
Entidad / Número censo C.C. / Número curso (2) / Importe abonado con cargo a 1997 (1)
Total
(1) Se incluirá la cuantía del anticipo reconocida en obligación y/o pago a 31 de diciembre de 1998. Caso de no haber abonado ningún anticipo se reseñará cero.
(2) Se incluirán todos los cursos de centros colaboradores cuya finalización se produzca después de 31 de diciembre de 1998.
Y para que surta efectos ante el Instituto Nacional de Empleo, para la justificación al Fondo Social Europeo, se expide el presente certificado en a (fecha)
Conforme, el Interventor responsable de la
(Firma y sello)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid