En el recurso contencioso-administrativo número 475/1989, referente a los expedientes de marcas números 1.128.260/6 y 1.128.261/4, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Plus Ultra Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros", contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de junio de 1987 y 14 de noviembre de 1988, se ha dictado, con fecha 5 de marzo de 1992, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador señor Ungría López, en nombre y representación de "Plus Ultra Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros", contra los acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 2 de junio de 1987 y los que, expresamente, en 14 de noviembre de 1998, desestimaron los recursos de reposición contra aquéllas, debemos declarar y declaramos que no ha lugar a lo solicitado en su escrito de demanda, por estar los actos impugnados dictados de conformidad con el ordenamiento jurídico; sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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