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Documento BOE-A-1998-12811

Acuerdo de 7 de mayo de 1998, del consejo de Universidades, por el que se fija la determinación del número de plazas a las que se aplicará el distrito compartido para el curso 1997-1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 1998, páginas 18290 a 18290 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-12811

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Universidades, en sesión de su Comisión Académica y de su Comisión de Coordinación y Planificación de 7 de mayo de 1998 y en relación con la determinación del número de plazas a las que se aplicará el distrito compartido para el curso 1998-1999, ha acordado:

Primero.-El porcentaje de plazas a aplicar en distrito compartido en el curso 1998-1999 será un 5 por 100 de las ofertadas en cada uno de los estudios de las distintas Universidades con un límite de 10 unidades.

Segundo.-En todo caso, las Universidades, previo acuerdo con la correspondiente Administración pública de la que dependan, podrán establecer un porcentaje o un número de plazas superior.

Madrid, 7 de mayo de 1998.-El Secretario general, Rafael Anes Álvarez.

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