El Consejo de Universidades, en sesión de su Comisión Académica y de su Comisión de Coordinación y Planificación de 7 de mayo de 1998 y en relación con la determinación del número de plazas a las que se aplicará el distrito compartido para el curso 1998-1999, ha acordado:
Primero.-El porcentaje de plazas a aplicar en distrito compartido en el curso 1998-1999 será un 5 por 100 de las ofertadas en cada uno de los estudios de las distintas Universidades con un límite de 10 unidades.
Segundo.-En todo caso, las Universidades, previo acuerdo con la correspondiente Administración pública de la que dependan, podrán establecer un porcentaje o un número de plazas superior.
Madrid, 7 de mayo de 1998.-El Secretario general, Rafael Anes Álvarez.
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