En el recurso contencioso-administrativo número 60/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Escofet 1886, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 18 de enero y 28 de julio de 1993, se ha dictado, con fecha 14 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad "Escofet 1886, Sociedad Anónima", contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 18 de enero y 28 de julio de 1993, éste desestimatorio de la reposición formulada contra el primero, denegatorios del modelo industrial número 126.886, modalidad A, sobre baldosa, cuyos acuerdos declaramos conformes a Derecho con rechace del resto de las peticiones de la demanda. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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