Contido non dispoñible en galego
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 3 de marzo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 3/2.007/1996, en el que son partes, de una, como demandante, don Benito López Díez, y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del propio Departamento, de fecha 26 de junio de 1996, sobre integración en el grupo A, procedente del Cuerpo General, Subalterno de Correos.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 2.007/1996, interpuesto por don Benito López Díez, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas (Secretaría de Estado para la Administración Pública), de fecha 26 de junio de 1996, descrita en el primer fundamento de Derecho, que se confirma en lo que afecta a este recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 18 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997 "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general Técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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