De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), en el recurso número 418/1996, interpuesto por doña Mercedes Cervilla Gómez, sobre pensión de viudedad.
Madrid, 20 de mayo de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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