Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, con sede en Logroño, el recurso número 1/200/1997, interpuesto por doña Ana María Vaquero Campo, contra Resolución de 12 de diciembre de 1996, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, desestimatoria de su solicitud de que le fuera abonado el complemento de productividad asignado a los funcionarios del Centro Penitenciario de Logroño en razón de circunstancias excepcionales relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, con sede en Logroño, ha dictado sentencia de 28 de marzo de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Ana María Vaquero Campo. No se hace imposición de costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de mayo de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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