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Documento BOE-A-1998-138

Resolución de 17 de noviembre de 1997, de la Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, por la que se certifica un colector solar plano, modelo C8.8S, marca «Giordano», fabricado por Jacques Giordano Industries.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 1998, páginas 237 a 237 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-138

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales la solicitud presentada por Jacques Giordano Industries, con domicilio social en 529 avenue de la Fleuride, municipio de 13685 Aubagne (Francia), para la certificación de un colector solar plano, fabricado por Jacques Giordano Industries en su instalación industrial ubicada en Aubagne (Francia),

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente, que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante dictamen técnico con clave PTS/TRE/4840/021/INTA/97, y la entidad colaboradora Novotec Consultores, por certificado de clave NM-NH-JG.JG.IA-01, han hecho constar respectivamente que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares,

Esta Secretaría de Estado, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-0797, y con fecha de caducidad el día 17 de noviembre del 2000, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 11 de noviembre del 2000.

Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y, por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra esta Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación al Secretario de Estado de Energía y Recursos Minerales, conforme a lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre de 1992).

Marca: "Giordano".

Modelo: C8.8S.

Características:

Material absorbente: Tubo y aletas de Cu soldadas.

Tratamiento superficial: Pigmentación electrolítica.

Superficie útil: 1,94 metros cuadrados.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 17 de noviembre de 1997.-El Secretario de Estado, Nemesio Fernández-Cuesta Luca de Tena.

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