El fomento de la inversión empresarial constituye uno de los motores fundamentales del proceso de desarrollo, reactivación y diversificación de la actividad de las zonas mineras. En este sentido, los procesos de reestructuración de la actividad de la minería del carbón, a los que han estado sometidas estas zonas, unido a la fuerte dependencia de las mismas de la minería del carbón, hacen imprescindible acometer un ambicioso paquete de medidas encaminadas a paliar los costes en términos de empleo y Producto Interior Bruto per cápita que pudieran derivarse del proceso de reestructuración de la actividad de la minería del carbón.
Por ello, el Real Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, sobre reestructuración de la minería del carbón y desarrollo alternativo de las zonas mineras, contempla un conjunto de medidas orientadas a fortalecer el potencial crecimiento de las zonas afectadas. Entre ellas, el citado Real Decreto establece en su capítulo V una serie de ayudas destinadas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras.
En desarrollo de este Real Decreto, la Orden de 6 de marzo de 1998, recogiendo las experiencias derivadas de la gestión de la Orden de 16 de febrero de 1996 sobre ayudas destinadas a impulsar la reactivación económica de las comarcas mineras del carbón, establece las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la inversión empresarial contempladas en el capítulo V del referido Real Decreto.
Dicha Orden de 6 de marzo de 1998 establece en su disposición segunda su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2005 y la publicación de una convocatoria anual condicionada a la existencia de crédito presupuestario suficiente de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria. Igualmente se establece que una vez resuelta esta primera convocatoria si resultaran remanentes de crédito, podrá efectuarse una convocatoria complementaria.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria y en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, resuelvo:
Primero. Convocatoria.-Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.101.741A.771 del vigente presupuesto de gastos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, la concesión de subvenciones dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras, para el ejercicio 1998. Las bases reguladoras de estas subvenciones son las recogidas en la Orden de 6 de marzo de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras. (Boletín Oficial del Estado núm. 59, de 10 de marzo de 1998).
Segundo. Ámbito territorial.-Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo que se localicen en los siguientes municipios:
1. Municipios de la Comarca del Bierzo.
2. Municipio de Puertollano.
3. Municipios incluidos en el Programa Operativo de la Iniciativa Comunitaria RECHAR.
4. Municipios límitrofes a los especificados en el punto anterior.
Tercero. Proyectos susceptibles de ayuda.-Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo pertenecientes a todas las actividades económicas con las siguientes excepciones:
Las de extracción y tratamiento del carbón y sus actividades auxiliares.
Los proyectos comprendidos en el sector servicios.
No obstante lo anterior, serán subvencionables aquellos proyectos del sector servicios que se integren en planes o programas nacionales o comunitarios de fomento de la actividad turística en la zona. Se excluirán, en todo caso, las actividades de bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías y despachos profesionales.
Cuarto. Requisitos exigibles a los proyectos.-Los requisitos exigibles a los proyectos serán los establecidos en el apartado quinto de la Orden de 6 de marzo de 1998.
Quinto. Beneficiarios.-Podrán acogerse a las ayudas convocadas por esta Resolución:
Empresas privadas y públicas.
Trabajadores autónomos.
Cooperativas o cualquier otra forma de asociación laboral.
Sexto. Solicitudes y documentación.
a) Solicitudes. Las solicitudes se dirigirán al Secretario de Estado de Energía y Recursos Minerales, según modelo del anexo I de esta Resolución, y podrán presentarse en el Registro General del MINER, paseo de la Castellana, 160, 28071 Madrid, o en cualquier otro de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud de ayuda se formulará de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992.
El plazo para presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria única de la Orden de 6 de marzo de 1998, los proyectos empresariales presentados al amparo de la Orden de 16 de febrero de 1996 que se encuentren en trámite de resolución a la fecha de esta convocatoria se considerarán presentados a la misma. Con carácter excepcional, a estos proyectos se les aplicarán los requisitos de la Orden de 16 de febrero de 1996.
b) Documentación. La solicitud se acompañará de original y tres copias de la siguiente documentación:
Resumen de datos básicos del proyecto de acuerdo con el modelo del anexo II de esta Resolución.
Documentación acreditativa de las circunstancias personales del solicitante, de las registrales en el caso de una sociedad constituida, o proyectos de estatutos y datos del promotor, si se trata de una sociedad en fase de constitución.
Memoria del proyecto de inversión de acuerdo con el modelo del anexo III de esta Resolución.
Certificado acreditativo del grado de realización de la inversión de acuerdo con lo establecido en el apartado quinto.1 de la Orden de 6 de marzo de 1998.
Declaración jurada de otras ayudas concedidas y/o solicitadas para este proyecto.
Séptimo. Subsanación de errores.-Si el escrito de solicitud contuviera errores o la documentación exigida no estuviese completa, se requerirá a la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que en el plazo de diez días hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la referida Ley.
Octavo. Tramitación de las solicitudes.-Para la tramitación de las solicitudes se aplicará lo establecido en la Orden de 6 de marzo de 1998. El plazo máximo para la resolución de los expedientes será de cuatro meses a partir de la fecha límite fijada por esta convocatoria para la presentación de solicitudes.
Madrid, 2 de junio de 1998.-El Secretario de Estado, Nemesio Fernández-Cuesta Luca de Tena.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
ANEXO I
Modelo de solicitud
Don , domiciliado, a efectos de notificaciones, en y con documento nacional de identidad número ........, en representación de , con número de identificación fiscal y número de fax para notificaciones , EXPONE: Que, a la vista de la Resolución de la Secretaría de Estado de la Energía y Recursos Minerales por la que se convocan ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número ........, de ............... de 199...., considerando reunir los requisitos exigidos, según se muestra en los documentos que se adjuntan y con la expresa aceptación de todos los términos de la citada convocatoria,
SOLICITA: La la concesión de una subvención para la financiación del proyecto denominado , a realizar en la provincia de (Lugar, fecha, firma del solicitante y sello de la empresa)
Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales. Ministerio de Industria y Energía. Madrid.
ANEXO II
Resúmen de datos básicos
Datos del solicitante:
1. Nombre o denominación social (promotor, empresario individual, sociedad constituida o en constitución).
Número de identificación fiscal, código postal, fax y teléfono:
2. Capital social actual y/o previsto:
3. Distribución de las participaciones de los diversos socios o accionistas:
4. Actividad de la empresa:
5. Domicilio social de la empresa:
6. Municipio y provincia:
Datos del proyecto:
1. Tipo de proyecto:
i Nueva creación.
i Ampliación.
i Traslado.
i Modernización con creación de empleo.
2. Descripción del proyecto.
3. Producto/s concreto/s a que se refiere el proyecto:
4. Inversión prevista:
5. Puestos de trabajo previstos:
6. Puestos de trabajo existentes en la empresa a la fecha de solicitud:
7. Localización del proyecto:
Municipio: Polígono industrial, en su caso:
Provincia:
ANEXO III
Memoria del proyecto
Los epígrafes a cumplimentar y datos a aportar serán los siguientes:
Datos generales:
0. Datos de identificación de la empresa.
1. Actividad de la empresa.
2. Inversión prevista.
3. Puestos de trabajo nuevos a crear.
4. Productos a los que se refiere el proyecto.
5. Tipo de establecimiento (nueva empresa, ampliación, traslado, modernización con creación de empleo).
6. Localización de las nuevas inversiones.
7. Antecedentes empresariales de los promotores.
8. Impactos sobre el medio ambiente y medidas correctoras previstas.
9. Autorizaciones administrativas y permisos especiales que se necesiten en razón de la actividad.
10. Ayudas oficiales solicitadas para este proyecto a otras líneas de subvención (decir su situación: solicitada, concedida, liquidada, etcétera).
Datos económico-financieros:
0. Memoria descriptiva del proyecto:
0.1 Justificación de la inversión, descripción del proyecto, nuevos edificios y maquinaria, objetivos, productos y servicios, comparación con productos competitivos, otras consideraciones que se estimen necesarias.
0.2 Breve descripción de los procesos de obtención de los principales productos o servicios, tecnología de la producción, comparación de los existentes, incrementos de productividad.
0.3 Programa de producciones anuales.
0.4 Datos de empleo: Empleo total antes de la inversión y descripción de los puestos de trabajo nuevos a crear.
0.5 Resumen del presupuesto de inversión: Terrenos, obra civil, bienes de equipo, trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos, otras inversiones materiales, investigación y desarrollo y otros intangibles, desmontaje y traslado y otras inversiones no susceptibles de subvención.
1. Memoria económica (datos antes y después de la inversión):
1.1 Ventas e ingresos.
1.2 Costes anuales de compras de materias primas y productos semi- elaborados.
1.3 Gastos en trabajos, suministros y servicios exteriores.
1.4 Gastos en mano de obra directa incluida S.S.
1.5 Gastos generales de explotación.
1.6 Gastos de administración y dirección.
1.7 Gastos comerciales y de comercialización.
1.8 Programa de amortizaciones técnicas (dotaciones).
1.9 Gastos financieros.
1.10 Cuenta de explotación.
2. Memoria financiera.
2.1 Se acompañarán balances y cuentas de resultados de los tres ejercicios inmediatos anteriores, refrendados por administrador autorizado. Se utilizarán los presentados a efectos del Impuesto sobre Sociedades. Se enviarán balances previsionales referentes a los tres años siguientes a la inversión.
2.2 Cálculo del fondo de maniobra.
2.3 Financiación de la inversión en activos fijos: Recursos propios, préstamos y créditos, leasing, subvenciones de las distintas Administraciones, otras fuentes.
2.4 Financiación del capital circulante: Recursos propios, préstamos.
2.5 Origen y aplicación de fondos del proyecto, estados previsionales para los cinco ejercicios siguientes a la finalización del proyecto.
3. Memoria comercial.
3.1 Situación del mercado al que se destinan los proyectos, expectativas actuales y futuras vías de comercialización, datos históricos y evolución prevista de oferta y demanda, precios de los productos competidores, objetivos de mercado y estrategias.
3.2 Origen y destino de los productos, tanto de las materias primas y productos semielaborados utilizados en el proceso, como de los obtenidos por la empresa. El origen puede ser regional, de otras regiones o del extranjero.
3.3 Comercio interior, antes y después de la inversión. Previsiones a corto-medio plazo.
3.4 Comercio exterior, antes y después de la inversión. Previsiones a corto-medio plazo.
4. Planos. Croquis de ubicación dentro del término municipal, plano general del conjunto industrial, diferenciando la situación inicial de la posterior a la inversión, planos de distribución en planta, en los que se aprecien los espacios de nueva construcción y la instalación de los nuevos bienes de equipo.
Los solicitantes de ayudas que así lo deseen tendrán a su disposición impresos normalizados en las oficinas de las Jefaturas de Área y de Dependencia, del MINER, correspondientes a las distintas comarcas mineras o en la sede del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y el Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, paseo de la Castella na, 160, 7.a planta.
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