La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 17 de marzo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 3/59/96, en el que son partes, de una, como demandante, don José Cebrián Casorrán, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 8 de noviembre de 1995, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos: Primero.-Debemos desestimar y desestimamos la demanda interpuesta por don José Cebrián Casorrán, representado por al Letrada doña Rosa María Guardiola Sanz, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 8 de noviembre de 1995, descrita en el primer fundamento de derecho, que se confirma en lo que afecta a este recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con los establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 25 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997 "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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