La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado sentencia, con fecha 25 de marzo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 601/95, en el que son partes, de una, como demandante, don José Enrique Laguarta Torrente, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 3 de abril de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 19 de diciembre de 1994, sobre reintegro de prótesis ortopédica.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos: Primero.-Desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 601/95, interpuesto por don José Enrique Laguarta Torrente contra las Resoluciones referidas en el encabezamiento de la presente Resolución.
Segundo.-No hacemos especial pronunciamiento en cuanto a costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 25 de mayo de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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