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Documento BOE-A-1998-140

Orden de 11 de diciembre de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada «Fernando Garrido Tortosa», de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 1998, páginas 238 a 238 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-140

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada "Fernando Garrido Tortosa", constituida y domiciliada en Sevilla, ronda de Capuchinos, 4, portal 5.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida en escrituras públicas de fecha 15 de enero de 1997, ante don José Luis Maroto Ruiz, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 53, corregidas por don Rafael Morales Lozano, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con fecha 30 de octubre de 1997, con número de protocolo 2204, figurando como fundadores don Teodoro de Molina de Molina y otros.

Segundo.-Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:

a) El establecimiento de planes y programas de orientación, formación y estudios profesionales y ocupacionales.

b) La organización, gestión y administración de cursos, seminarios, jornadas, coloquios y otras actividades referidas a la formación profesional ocupacional, estudios, promoción, información, asesoramiento y otros servicios empresariales de la economía social y sus socios o trabajadores en Andalucía.

c) La orientación, capacitación y asistencia técnica a los socios, trabajadores y beneficiarios de las empresas de economía social, en especial a la evolución tecnológica, y en las nuevas profesiones, así como en la nuevas fórmulas de cooperación e intercooperación sectoriales.

d) La orientación, información y capacitación de los desempleados para la creación del propio puesto de trabajo.

e) El fomento de la economía social a través de la investigación, el estudio, la publicación y la difusión en el campo de la FPO de los trabajos realizados por la propia fundación o por personas físicas o jurídicas ajenas que se estimen de interés según nuestros fines.

f) La relación con instituciones de ámbito nacional o internacional, y especialmente la cooperación e intercooperación con los países subdesarrollados, que realicen funciones semejantes, así como traducciones o informes sobre las que se estimen convenientes o necesarias.

g) La organización, gestión y administración de cursos, seminarios, jornadas, coloquios, otras actividades que potencien el desarrollo endógeno y las iniciativas locales de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma andaluza directamente o en colaboración con los entes, nacionales o internacionales, y administraciones implicadas.

h) Y, en general, la realización de todas las actividades directamente relacionadas o necesarias para la consecución de los fines anteriores, que tiendan al desarrollo, potenciación y vertebración de las empresas, organizaciones y federaciones de la economía social y del desarrollo local, en el territorio de la Comunidad Autónoma andaluza.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está integrada por la dotación aportada por los fundadores que se valora en 2.000.000 de pesetas, depositados en su integridad en la entidad bancaria Caja Rural, 3079 0802 4 7 7200028619, sita en Sevilla, calle Trajano, 2.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un patronato que estará formado por tres miembros, siendo su presidente don Teodoro de Molina de Molina.

Vistos la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación "Fernando Garrido Tortosa", con domicilio en Sevilla, ronda de Capuchinos, número 4, portal 5.

Segundo.-Aprobar los Estatutos contenidos en la escritura pública, de fecha 15 de enero de 1997, y su posterior modificación, de fecha 30 de octubre de 1997.

Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la carta fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 109, c), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de la recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de diciembre de 1997.-El Consejero, Manuel Pezzi Cereto.

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