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Documento BOE-A-1998-14177

Resolución de 14 de mayo de 1998, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo número 116-95, promovido por «Destilerías Pedro Giro, Sociedad Anónima», actuando como coadyuvante la entidad «J. A. Nadal Giro, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 1998, páginas 19888 a 19888 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-14177

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 116-95, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Destilerías Pedro Giro, Sociedad Anónima", actuando como coadyuvante la entidad "J. A. Nadal Giro, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de marzo de 1994 y 19 de junio de 1995, se ha dictado, con fecha 23 de enero de 1998 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad "Destilerías Pedro Giro Sociedad Anónima", contra la Resolución de 19 de junio de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior Resolución de 4 de marzo de 1994, que concedió el registro de la marca mixta número 1.607.606 "J. A. Nadal Giro" para productos de la clase 33, consistente en "Licores, anisados, aguardientes, brandys, ron, alcoholes y aperitivos" y contra esa anterior Resolución, del tenor explicitado con anterioridad, y, estimando la demanda articulada, anulamos las Resoluciones referidas por resultar disconforme a Derechos, y declaramos y, en lo menester, condenamos a la Administración demandada a que tenga por denegado el registro solicitado de autos. Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas."

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado."

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 14 de mayo de 1998.- El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

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