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Documento BOE-A-1998-14289

Orden de 8 de junio de 1998 por la que se resuelve el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio del Interior, convocado por Orden de 8 de abril de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 1998, páginas 20098 a 20100 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-14289

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 8 de abril de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 17), se convocó concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio del Interior, adscritos a los grupos A, B, C y D.

Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada por la correspondiente Comisión de valoración, sobre los puestos de trabajo a adjudicar,

Este Ministerio acuerda resolver el siguiente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo a los funcionarios que se mencionan en el mismo.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican en el citado anexo por no alcanzar la puntuación mínima exigida, o por no haber petición alguna para cubrirlos.

Tercero.-Reingresar al servicio activo a los funcionarios a quienes, procedentes de otra situación administrativa, les ha sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso.

Cuarto.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio. Asimismo, serán irrenunciables salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento.

Quinto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden.

Si la adjudicación de destino comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su publicación.

Cuando los funcionarios afectados por la presente Orden se encuentren disfrutando licencias o permisos, les será de aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril de 1995), y en la base octava de la convocatoria, por lo que se refiere al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o incorporación al nuevo destino.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", y previa comunicación a este Departamento ministerial, recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el artículo 57 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, y artículos 10 y 11 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, reguladora de dicha jurisdicción.

Madrid, 8 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 6 de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 7), el Subsecretario, Leopoldo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.

(ANEXO OMITIDO).

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